imagen_principal-52132.jpg
{"multiple":false,"video":[]}

La normativa llega a cambiar la antigua “ley de quiebra”, que rigió esta materia durante 20 años.

Esteban García, abogado tributario, habló respecto a la nueva ley de Insolvencia y Reemprendimiento, en la cual se incluyó una gran particularidad basada en que con esta normativa, las personas naturales también pueden declararse en bancarrota.

Ya sea por una repactación de deuda con los acreedores, o por un sistema de liquidación, las personas comunes y corrientes pueden acceder a este mecanismo para solventar sus situaciones de endeudamiento. Dicho recurso, lo podrán aplicar las personas que tienen obligaciones vencidas por más de 90 días y cumplen con un piso mínimo.

La medida para el especialista es de “suma importancia para emprendedores y pequeños empresarios”, que necesitan solventar sus deudas crediticias para seguir laborando.

Para conocer más en detalle las incidencia de esta ley, los invitamos a ver la entrevista completa en el video adjunto.

Tags:

Deja tu comentario