imagen_principal-45562.jpg
{"multiple":false,"video":[]}

Según el Gobierno son operaciones estrictamente necesarias para evitar daños en infraestructura. 

Uno de los últimos puntos en acordarse antes de presentar las indicaciones a la reforma laboral, debido a las diferencias que generaba incluso dentro de la Nueva Mayoría, eran los llamados servicios mínimos durante una huelga, los que ahora fueron acotados. Una modificación que no dejó conformes a expertos ni a dirigentes sindicales. 

Finalmente el Gobierno decidió mantener la definición de servicios mínimos, pero acotándolos. Es decir, se eliminará la referencia a no dañar bienes materiales de la empresa.

Por otro lado, se establecerá que los servicios mínimos deberán consignarse siempre y cuando se deban atender “operaciones estrictamente necesarias”, y que “eviten un daño grave” a la infraestructura de la empresa en el largo plazo. 

Más detalles, en el video adjunto. 

Tags:

Deja tu comentario