El senador Pedro Araya, presidente de la Comisión de Constitución, explicó que el secreto de la investigación penal está normado desde el año 2000 y que esta iniciativa aclara que, como parte de la nueva indicación, son los funcionarios públicos quienes deben guardar secreto (Carabineros, PDI y fiscales), además de los intervinientes del proceso penal (querellante particular, defensor particular) y los particulares que deben cumplir una diligencia. Según la normativa, las sanciones van de 20 a 200 UTM, a presidio menor en su grado mínimo.
“No se ha ampliado el tema, no se toca el tema que es de fuentes o de protección de la fuente que tienen los periodistas, es un tema que no está tocado en esta ley”, explicó el senador Araya. “Lo que se ha hecho hoy día, es precisar un tipo penal especial respecto a la violación del secreto de la investigaciones, que afecta a quienes están obligados a guardar secreto”, agregó el parlamnetario.
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