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El tribunal explicó que “los argumentos expuestos no logran hacer variar aquellos fundamentos tenidos en consideración al momento de dictar la resolución impugnada“.
“Teniendo además presente que el acto contra el cual se pretende recurrir es la orden emanada del jefe de la institución que sólo dispone la iniciación de una investigación sumaria, reglada, cuyo único alcance es indagar de eventuales responsabilidades administrativas en que pudiera incurrir el recurrente”, remarcó la Corte de Apelaciones.
La decisión se debe al sumario que se iniciará contra el Fiscal Arias, quien fue apartado del Caso Corpesca por una entrevista concedida a La Tercera.
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