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En fallo dividido (rol 1.174-2016) la Séptima Sala del tribunal de alzada de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada por las ministras Pilar Aguayo, Viviana Toro y la abogada (i) Soledad Pascual concedieron el beneficio a Armando Cabrera Aguilar quien se encuentra cumpliendo pena por el homicidio de Juan Alegría Mondaca en junio de 1983.

De acuerdo al fallo el condenado cumple con los requisitos a la libertad condicional.

“Que, examinado los antecedentes del interno a la luz de los requerimientos contemplados en el artículo 3° del D.L. 321, sólo cabe concluir que cumple con todos ellos y que es procedente que se le conceda el beneficio impetrado, más todavía si se considera que, como se señala en el artículo 1° del mencionado texto legal, se trata de antecedentes que demuestran que el condenado se encuentra corregido y rehabilitado para la vida social. No se divisa, entonces, por qué puede verse privado de demostrar que está preparado para su reinserción, si acreditó cumplir con las exigencias objetivas que la ley prevé”, dice el fallo.

Por lo tanto se decide: “se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Armando Cabrera Aguilar, en contra de la Comisión de Libertad Condicional y, en su lugar, se deja sin efecto en lo que respecta al amparado, a quien le queda reconocido su derecho a la libertad condicional”

La sentencia se adoptó con el voto en contra de la ministra Toro.

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