DC limitará candidaturas de personas “condenadas” por cualquier tribunal

Por CNN Chile

07.08.2017 / 20:05

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Nuevo estándar ético incluye a cualquier persona que sea obligada, por ejemplo, a pagar multas o tener una conductas reparatorias.


Este lunes, el académico y militante de la DC, Patricio Zapata, publicó los lineamientos basados en “criterios objetivos” que utilizará la falange para aplicarse a todos quienes se postularán en las elecciones parlamentaruas y CORES de noviembre.

El escrito remarca criterios que actualmente rigen en la Democracia Cristiana para mantener su condición de militantes. Estos fueron: 

“En caso de que un(a) camarada sea formalizado(a), por delitos contra la probidad o que tengan pena de crimen, se le suspenderá inmediatamente su militancia”.

“En caso de que un(a) camarada sea condenado(a), por delitos contra la probidad o que tengan pena de crimen, se le expulsará del partido”.

También, la misma resolución respaldada anteriormente en las instancias partidarias estipulaba: 

El comportamiento de los militantes debe ser consistente con los principios y valores que dicta la doctrina del Partido y el cumplimiento de las normas que rigen la vida partidaria.

Los militantes que se aparten de tal comportamiento, pública o privadamente, o los que incurran en conductas que puedan tener carácter delictivo, podrán previa audiencia ante la Comisión de Ética o del Tribunal Supremo, según corresponda, ser amonestados, o bien, suspendidos en su militancia y, en su caso, separados o expulsados del Partido

Así, se explicitaron nuevos criterios éticos para el caso de las postulaciones bajo la representación de la DC:

“Visto lo que se ha señalado, he llegado a la conclusión que un estándar ético consistente con decisiones previas del Partido y que desarrolla definiciones recientes del Comité de Ética del Partido es aquel según el cual el PDC se abstendrá de incluir en sus listas de candidatos a personas que hubieren sido condenadas, en definitiva, por cualquier Tribunal de la República, por conductas gravemente atentatorias al núcleo central de valores exigible en un servidor público democratacristiano”, expone.

Con ello, Zapata explica que este estándar que limita al “condenado” hace referencia tanto a personas privadas de libertad como a quienes fueron sancionados por tribunales civiles, laborales o de familia, cuando a la persona se le “ordena a cumplir una obligación, indemnizar los perjuicios, pagar una multa o realizar alguna otra conducta reparatoria o cautelar”.

No obstante, el documento omite revisar la situación de militantes o precandidatos en particular, incluyendo a Ricardo Rincón, cuya repostulación gatilló la controvertida pausa reflexiva de Carolina Goic.