Alejandro Navarro.
Existe un breve periodo en que los estudios que sirven de insumo para la fijación de las tarifas permanecen cerrados y en custodia ante notario. Pero no tienen la calidad de “secretos”.
El senador Navarro señaló a ChileCheck que el adjetivo “secreto” que aplica a los informes se basó en un reportaje del sitio de investigación periodística Ciper Chile.
“A diferencia de lo que sucede en otros países, el modelo chileno de fijación de tarifas se caracteriza por un profundo secretismo” dice la nota de Ciper. “Esa reserva impide que se conozca antes de la negociación qué objetivos perseguirá la superintendencia en beneficio de los consumidores y cuál es la tarifa eficiente que ésta defenderá frente a las sanitarias. La participación ciudadana está restringida a una etapa preliminar del proceso y, según reconocen asociaciones de consumidores, es meramente simbólica”.
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Según establece el ordenamiento jurídico, el plazo de vigencia de las tarifas es de cinco años, a menos que el prestador y la Superintendencia acuerden otra. Si lo hacen, tienen que hacerlo entre los 14 y los 17 meses anteriores al término del período tarifario. No puede haber, eso sí, cambios relevantes en las tarifas producto de este acuerdo.
DFL Nº 70, MOP
Respecto de la forma en que se establecen las tarifas, la legislación establece lo siguiente:
REGLAMENTO
Antes de 12 meses del fin del período de vigencia de las tarifas vigentes, la Superintendencia de Servicios Sanitarios informa en el Diario Oficial que las bases para los estudios están disponibles. Quienes tengan interés comprometido, pueden hacer observaciones a las bases, pero la resolución que adopte la Superintendencia será definitiva.
Sobre estas bases, tanto la Super como los prestadores realizan estudios. En ellos se determinan los costos incrementales de desarrollo o los marginales de largo plazo, los costos totales de largo plazo, la tasa de costo de capital y las fórmulas tarifarias, constituidas estas últimas por las tarifas definitivas y sus respectivos mecanismos de indexación.
A más tardar cinco meses antes del fin del vigencia de las fórmulas tarifarias en aplicación, la Superintendencia y los prestadores intercambian sus respectivos estudios concluidos. Lo hacen ante notario público quien los sella y los mantiene en custodia.
En este tiempo en que los estudios quedan en custodia, prestadores y superintendencia se ponen de acuerdo con un comité de expertos. Una vez que las discrepancias se solucionan, los estudios se hacen públicos.
Los expertos consultados por ChileCheck resaltan que el proceso en general es transparente.
Juan Eduardo Saldivia, ex Superintendente de Servicios Sanitarios, recalca la calidad pública de las bases. “En ellas sale establecido cuáles son los objetivos que pretende la superintendencia y cuáles son las exigencias de eficiencia que pretende obtener del proceso, la calidad del servicio, etc. Cualquier persona puede hacer observaciones a las bases y con esas se emiten las definitivas, que también son públicas. El proceso es técnico, es complejo, difícil de entender, pero de que no es público, no es correcto“.
Pablo Jaeger, profesor de Derecho de Agua de la Universidad Andrés Bello, dice a ChileCheck que el proceso no tiene nada de secreto. “Establece una empresa modelo y ve cuál sería el costo de producir agua potable en base a inversiones, y compara la empresa modelo con lo que propone la empresa sanitaria. Ninguno de los documentos que además están en la fijación tarifaria son secretos: cualquiera podría consultarlos. El procedimiento para la fijación de las tarifas de las empresas sanitarias es completamente transparente, y así lo garantiza la ley. Es cierto que es muy técnico, lo que dificulta la participación ciudadana, pero es del todo transparente. La autoridad está obligada a publicar las bases que dan sustento a las tarifas, y cualquier persona puede opinar sobre ello. El resultado final también es público, pudiendo ser discutido ante expertos”.
Winston Alburquenque, profesor de Derecho de Recursos Naturales de la Universidad Católica, señala a ChileCheck que aunque los informes son parte de un análisis complejo, pero se pueden pedir por transparencia. Como se trata de un monopolio natural, no tiene sentido que un tercero quiera intervenir en la negociaciòn de la tarifa: “Como es una sola empresa la que tiene los derechos, aunque fuese una negociación pública, la ley no permite que un tercero oferte mejores tarifas o que un privado diga que (la tarifa) está mal calculada. Después, el proceso tarifario se libera”.