Convención Constitucional: Comisión de Sist. Político define que policías sean instituciones civiles
Por CNN Chile
15.04.2022 / 20:13
Respecto a las Fuerzas Armadas, se definió que estas deben incorporar la perspectiva de género en el desempeño de sus funciones, además de promover la paridad y actuar con respeto al derecho internacional y los derechos fundamentales. "Son instituciones profesionales, jerarquizadas, disciplinadas, obedientes y no deliberantes", consigna el artículo 93.
Este viernes la Comisión de Sistema Político de la Convención Constitucional, continuó con la discusión y votación de las indicaciones al texto que contiene normas aprobadas en general por la instancia. Cabe recordar, que el pasado 18 de marzo, el Pleno del órgano rechazó en su mayoría y en votación general, el primer informe presentado por la Comisión.
De esta manera, los convencionales terminaron de zanjar lo relativo a las Fuerzas Armadas, Carabineros y PDI, así como la totalidad de las propuestas sobre Relaciones Exteriores.
Sobre las FF.AA, se aprobó que será el Presidente de la República quien le corresponde estará a cargo de la conducción de la defensa nacional, siendo el jefe supremo de las Fuerzas Armadas, cuyo mando se ejercerá a través del ministerio a cargo de la defensa nacional.
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Asimismo, se detalló que estarán conformadas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Áerea, las cuales estarán destinadas “para el resguardo de la soberanía, independencia e integridad territorial de la República, ante agresiones de carácter externo (…). Colaboran con la paz y seguridad internacional, conforme a la Política de Defensa Nacional”.
También se definió que estas deben incorporar la perspectiva de género en el desempeño de sus funciones, además de promover la paridad y actuar con respeto al derecho internacional y los derechos fundamentales. “Son instituciones profesionales, jerarquizadas, disciplinadas, obedientes y no deliberantes”, consigna el artículo 93.
Sobre lo mismo, se determinó que “sus miembros estarán sujetos a controles en materia de probidad y transparencia. Sus integrantes no podrán pertenecer a partidos políticos, asociarse en organizaciones políticas, gremiales o sindicales, ejercer el derecho a huelga, ni postularse a cargos de elección popular”.
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En cuanto a las policías, se aprobó la indicación que se definen como “instituciones civiles de carácter centralizado, con competencia en todo el territorio de Chile, y están destinadas para garantizar la seguridad pública, dar eficacia al derecho y resguardar los derechos fundamentales, en el marco de sus competencias”.