Durante el debate, el convencional Ignacio Achurra señaló que "los artistas en Chile viven una realidad apremiante, la mayoría de ellos trabaja en la informalidad y viven del mes a mes (...) Una de las formas en que los artistas generan ingresos en el país es a través de derechos autorales". Ahora, el artículo será reformulado por la comisión.
Este martes, el Pleno de la Convención Constitucional (CC) sometió a votación el segundo informe de la comisión de Sistemas de Conocimientos. En esta oportunidad, las y los convencionales no lograron acuerdo y rechazaron, entre otras cosas, el artículo que consagraba los derechos de autor en la nueva Constitución.
Específicamente, el artículo 6 en su inciso primero fue rechazado por 74 votos a favor, 54 en contra y 13 abstenciones, por lo que volverá a ser reformulado por la comisión. Este apartado buscaba establecer el “derecho a beneficiarse de los intereses morales y materiales”.
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“Todas las personas, individual y colectivamente, tienen derecho a beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales sobre las creaciones o producciones culturales, científicas, artísticas y otras relativas a los conocimientos en general, de las que sean autoras o intérpretes”, agregaba.
El inciso segundo del artículo, que establecía que “estos derechos comprenden el aprovechamiento y el uso de la obra o interpretación, por un tiempo que no será inferior al de la vida del titular, así como el reconocimiento a la creación, divulgación e integridad de esta”, fue rechazado completamente, siendo eliminado.
Finalmente, el inciso tercero que consagraba que “el derecho material de autores o intérpretes estará sujeto a las disposiciones del derecho de propiedad establecidas por esta Constitución, en cuanto a sus garantías, limitaciones y función social”, fue rechazado por 81 votos a favor y 51 en contra, por lo que volverá a la comisión.
Reacciones
Durante el debate, el convencional Ignacio Achurra señaló que “los artistas en Chile viven una realidad apremiante, la mayoría de ellos trabaja en la informalidad y viven del mes a mes (…). Una de las formas en que los artistas generan ingresos en Chile es a través de derechos autorales“.
Tras el rechazo de las normas, la presidenta de Chileactores, Esperanza Silva, dijo sentir “una angustia muy grande, porque esto quiere decir que hay mucha gente dentro de la Constituyente que no entiende qué es la cultura de un país ni lo que hacemos los creadores, entonces eso me da mucha pena”.
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“Nosotros somos la ciudadanía que eligió a estos constituyentes, pero queremos que sean responsables, no pueden dejar caer los derechos de autor ni de intérpretes, dejan caer eso, dejan caer la cultura de este país y eso no puede ser”, agregó Silva, según consignó ADN.
Por su parte, el presidente de la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales (SCD), Rodrigo Osorio, sostuvo que “no hay mejor forma que apoyar la cultura y el acceso a ella, que protegiendo a quienes la ejercen, crean e interpretan y eso es lo que queremos que se logre con este artículo que es bastante balanceado”.
Los artículos que fueron aprobados
Al igual que como ocurrió con su primer informe, la mayor parte de las normas de la Comisión de Sistemas de Conocimientos y Culturas fueron rechazadas por el pleno de la Convención. Este martes, de 24 normas presentadas, solo las siguientes seis fueron aprobadas:
- “Toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a participar libremente de la creación, desarrollo, conservación e innovación de los diversos sistemas de conocimientos y a la transferencia de sus aplicaciones, así como a gozar de sus beneficios.
- El Estado, en conjunto con los pueblos y naciones indígenas preexistentes, adoptará medidas positivas para la recuperación, revitalización y fortalecimiento del patrimonio cultural indígena.
- Todas las personas tienen derecho a la protección de los datos de carácter personal, a conocer, decidir y controlar el uso de las informaciones que les conciernen.
- Es deber del Estado preservar la memoria y garantizar el acceso a los archivos y documentos, en sus distintos soportes y contenidos. Los sitios de memoria y memoriales serán objeto de especial protección, asegurando su preservación y sostenibilidad.
- El Estado reconoce y protege los patrimonios naturales y culturales, materiales e inmateriales, y garantiza su conservación, revitalización, aumento, salvaguardia y transmisión a las generaciones futuras, cualquiera sea el régimen jurídico y titularidad de dichos bienes.
- El Estado fomentará la difusión y educación sobre los patrimonios naturales y culturales, materiales e inmateriales”.