Ambas cámaras votaron este lunes el informe de la comisión mixta. La instancia se dio en el plazo justo, ya que hoy la Superintendencia de Salud debe notificarle a las Isapres el inicio de cumplimiento del fallo de la Corte Suprema.
Al filo del plazo. Este lunes, el Congreso Nacional despachó el proyecto de Ley Corta de Isapres.
Con 122 votos a favor, 14 en contra y 10 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó la propuesta de la comisión mixta sobre la iniciativa impulsada por el Ejecutivo para dar viabilidad al cumplimiento del fallo de la Corte Suprema, el cual obliga a las aseguradoras a aplicar la tabla única de factores y devolver a los usuarios los cobros en exceso.
Según las entidades privadas, expertos y autoridades de distintos sectores, la ejecución del dictamen iba a ocasionar una crisis en el sistema, y afectación a los afiliados. Incluso, que dejaría efectos en el Fondo Nacional de Salud (Fonasa).
Los diputados oficialistas Marcos Ilabaca (PS), Juan Santana (PS) y Alexis Sepúlveda (Partido Radical) votaron en contra de la iniciativa, mientras que los legisladores del Partido Comunista (PC) Matías Ramírez, Carmen Hertz, Lorena Pizarro se abstuvieron.
Discusión en el Senado
La iniciativa fue previamente despachada por el Senado, que respaldó el informe con 39 votos a favor, 3 en contra y 2 abstenciones.
El único voto en contra, por parte del oficialismo, fue el del senador del Partido Socialista (PS) Alfonso de Urresti. En tanto, Juan Luis Castro (PS) se abstuvo de votar.
Tensiones hasta el último momento
Si hay una palabra que puede definir todo el proceso tras el dictamen del fallo de la Corte Suprema, esa es “tensión”. Desde el inicio de la problemática, el ambiente en salud estuvo en vilo por cómo resolver la eventual crisis.
Se barajaron distintas alternativas con relación al dictamen, pero la que más tomó sentido en el mundo político fue la presentación de un paquete de proyectos de ley que sean legislados de forma breve y rápida. A esto se le denominó Ley Corta de Isapres. La idea de esta iniciativa era tener un proceso de tramitación legislativa mucho más acotado de lo que hubiese sido el ingreso de una reforma constitucional.
Pero las discusiones, desacuerdos y tensiones tanto al interior del oficialismo, como en la oposición, hicieron que esto se expandiera más de presupuestado. Literalmente, hasta el último día de la posibilidad de cambio de normativa.
De hecho, los desacuerdos alcanzaron tal nivel, que hasta este mismo lunes aún no había certeza de si los adherentes del Gobierno iban a respaldar la ley corta. Y es que en personeros de fuerzas frenteamplistas, socialdemócratas y comunistas, se manifestaron desacuerdos a la propuesta.
Finalmente, el informe de la comisión mixta, donde la iniciativa fue analizada por parlamentarios de ambas corporaciones, fue respaldado por las Salas del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados, y luego despachado al Poder Ejecutivo para que sea promulgada por Presidencia de la República. De este modo, la Superintendencia de Salud quedó en condiciones de enviarle a las Isapres la nueva circular sobre el inicio del cumplimiento del fallo con la aplicación de la ley corta.
Senado / ARCHIVO / AGENCIA UNO
Puntos principales de Ley Corta de Isapres
Consejo consultivo:
- Entidad no vinculante y transitoria que tendrá como función asesorar a la Superintendencia de Salud en el proceso de presentación, evaluación y aprobación de los planes de pago por parte de las Isapres.
Cumplimiento de la sentencia (fallo):
- La adecuación de los planes de la nueva tabla de factores debe ocurrir simultáneamente con el ajuste de los planes vigentes al 7%.
- El cálculo de las devoluciones no debe considerar los montos ya restituidos mediante el régimen de excedentes.
- El alza extraordinaria se materializará mediante una prima extraordinaria que considerará los costos operacionales, costos no operacionales y medidas de contención de costos.
- El techo de la prima será un 10% de los contratos a julio de 2023.
- Los mayores de 65 años tendrán un pago preferente (en 5 años), y los mayores de 80 años (en 2 años).
- Se permite un pago anticipado voluntario mediante transacciones realizadas por la Superintendencia de Salud.
Plazo de 13 años:
- 13 años para que las Isapres paguen la deuda (afiliados menores de 65 años).
Disposiciones varias:
- Sanciones a las Isapres por retiro de utilidades mientras se ejecuta el plan de pago, reajuste de la prima de las Garantías Explícitas en Salud (GES), entre otras.
Creación de la Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC) de Fonasa y el cálculo del ICSA:
- Se extiende el criterio usado el 2024 para definir el Índice de Costos de la Salud (ICSA) a los años 2025, 2026 y 2027 o hasta que exista una nueva ley. Así se considerará el costo de las nuevas prestaciones y la variación de frecuencia de uso de las prestaciones que se realicen en la Modalidad de Libre Elección (MLE) de Fonasa. Este criterio se generó en el marco de la pasada ley de reajuste del sector público. El proceso de adecuación de los precios base será sin contención de costo por los próximos 3 años, 2025, 2026 y 2027.