CMF cursa multas a cuatro bancos por dar créditos a deudores de pensiones de alimentos
La normativa establece que las instituciones financieras deberán consultar el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos al momento de otorgar un crédito, y retener una parte de este en el caso de que la persona solicitante figure como deudor de alimentos, con el objetivo de destinarlo al pago de las pensiones adeudadas.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) sancionó a cuatro bancos por infracción a la Ley sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias en la entrega de créditos.
¿Qué dice la ley?
La normativa establece que las instituciones financieras deberán consultar el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA) al momento de otorgar un crédito y, en caso de que el solicitante figure como deudor, retener los recursos necesarios para el pago de las pensiones adeudadas.
Por ello es que el Consejo de la CMF aplicó multas por un total de UF 5.778,22 a Banco Estado, Banco Santander, Banco Consorcio y Banco Ripley.
Las sanciones aplicadas son las siguientes:
- Banco Estado: 3.684,32 UF, poco más de $135 millones.
- Banco Santander-Chile: 1.946,84 UF, cerca de $71 millones.
- Banco Consorcio: 62,78 UF, poco más de $3,2 millones.
- Banco Ripley: 84,28 UF, alrededor de $3 millones.
De acuerdo a la Comisión para el Mercado Financiero, las infracciones “afectan a los acreedores de pensiones de alimentos, ya que, al no efectuarse las retenciones, no recibieron los dineros adeudados en la oportunidad correspondiente”.