La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto de ley que tiene como propósito congelar el precio del diésel por cerca de cuatro meses y establece modificaciones al Mecanismo de Estabilización del Precio de los Combustibles (Mepco), en el cual propone que el precio de las bencinas varíen cada tres semanas. La iniciativa promovida desde el Ejecutivo fue despachada a segundo trámite constitucional.
Este martes la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto de ley que tiene como propósito congelar el precio del diésel por cerca de cuatro meses y establece modificaciones al Mecanismo de Estabilización del Precio de los Combustibles (Mepco), que tiene como fin que el valor de las bencinas varíen cada 21 días (tres semanas), y no semanalmente, como sucede en la actualidad.
El proyecto del Ejecutivo fue despachado a segundo trámite constitucional con 78 votos a favor, 28 en contra y 30 abstenciones.
Según explicó el Ejecutivo, la iniciativa busca evitar fluctuaciones semanales. Así, se espera mantener un periodo más amplio de estabilidad de precios, entre las alzas y bajas que se puedan experimentar.
En ese sentido, contribuirá a acentuar el perfil de “seguro” del mecanismo. Esto permitirá mantener una programación de valores por un tiempo mayor, lo cual beneficiará al transporte en general, pero también a los productos asociados a esta situación, como, por ejemplo, los vendidos en un negocio o supermercado.
En tanto, en el cambio del Mepco, la propuesta estableció a la forma en que se calculará el impuesto específico a los combustibles en las distintas semanas de ese periodo.
El acuerdo entre el Gobierno y camioneros
El texto incluyó algunos beneficios para el sector del transporte de carga tras el acuerdo entre el Gobierno y el gremio de camioneros, en el cual se extiende la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023, el reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de este sector, a partir de la siguiente escala:
- 80%, para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido iguales o inferiores a UF 2.400.
- 70%, para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a UF 2.400 y no excedan UF 6.000.
- 52 5%, para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a UF 6.000 y no excedan de UF 20.000.
- 31%, para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a UF 20.000.
Asimismo, establece que el régimen de precios aplicable al petróleo diésel hasta el 15 abril de 2023. Esto asegurará la mantención de precios por 120 días, sin cambios. Además, la norma establece que el mecanismo permite dicha estabilización.
En tanto, se fijará un régimen temporal aplicable para los ajustes de precio del petróleo diésel a que dé lugar la operación del Mepco.
El periodo está contemplado entre el 15 de abril de 2023 y el 15 de abril de 2024. Y se definirá un máximo de alzas de 0,25 UTM por metro cúbico cada 21 días.
Por último, se detallará que la extensión del beneficio de reintegro parcial aplicará a todas las facturas emitidas durante el año tributario 2023.