Fiestas Patrias 2022: ¿Cómo funciona el comercio durante los 4 días de celebración?

Por CNN Chile

13.09.2022 / 10:53

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Como medida excepcional, las autoridades decretaron feriado para este viernes 16 de septiembre. La medida complementa los habituales feriados irrenunciables de los días 18 y 19. Revisa en detalle las medidas.


Este fin de semana se celebran en Chile las Fiestas Patrias, instancia en la que el país conmemora la realización de la Primera Junta Nacional de Gobierno, la cual gatilló que casi ocho años después se firme la independencia del territorio.

Como medida excepcional, las autoridades decretaron feriado para este viernes 16 de septiembre luego que el Congreso Nacional aprobara un proyecto de resolución en donde le solicitaron al Ejecutivo impulsar la iniciativa para convertirse en ley de la República.

Finalmente, desde el gobierno del presidente Gabriel Boric presentaron el proyecto y este fue respaldado por los parlamentarios.

El feriado legal del 16 de septiembre se contempla con los feriados habituales de Fiestas Patrias, es decir, las jornadas irrenunciables de los días 18 y 19.

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¿Cómo funcionará el comercio?

Viernes 16 de septiembre:

  • Feriado legal.
  • No es irrenunciable, por lo que el comercio puede abrir.

Sábado 17 de septiembre:

  • No es feriado, el comercio abre normalmente.

Domingo 18 y lunes 19 de septiembre:

  • Feriados irrenunciables.
  • Corresponde feriado obligatorio para todos los trabajadores, incluido el comercio.

Durante estas dos jornadas pueden operar:

  • Locales atendidos por sus propios dueños.
  • Clubes.
  • Restaurantes.
  • Establecimientos de entretenimiento, como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarés.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
  • Establecimiento de venta de combustibles, conocidas como bencineras.
  • Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
  • Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles.

Importante

Desde el Ministerio del Trabajo y Previsión Social recuerdan que aquellos empleadores que sin corresponderles abran en un día de feriado irrenunciable, arriesgan multas que van desde las 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) -es decir, cerca de $297 mil- hasta 60 UTM ($3.575.000).