Corte Suprema aprobó la fusión de las isapres Nueva Masvida y Colmena
Por CNN Chile
27.03.2023 / 23:59
El recurso interpuesto por Nexus contó con los votos favorables de los cinco ministros que integran la Tercera Sala de la Corte Suprema, dejando sin efecto la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.
La Corte Suprema acogió un recurso presentado por Nexus, controlador de isapre Nueva Masvida, para finiquitar la fusión con la aseguradora Colmena, dejando sin efecto la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC).
Cabe destacar que la sentencia del TDLC fue ratificado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), con el propósito de impedir la fusión. Sin embargo, tras la resolución del TDLC cambió el rumbo.
El recurso interpuesto por Nexus contó los votos favorables de los cinco ministros que integran la Tercera Sala de la Corte Suprema: Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y Jean Pierre Matus.
Según la información proporcionada por la Fiscalía Nacional Económica, la Corte Suprema introdujo las siguientes obligaciones para Nueva MasVida y Colmena:
- La isapre resultante, se abstendrá de convenir contratos o negocios que importen su integración vertical con cualquier clínica o prestador de servicios médicos de manera preferente, por el plazo de cinco años y/o hasta que se modifique la legislación y regule la materia.
- Se deberá mantener el modelo de negocios, referido a la oferta de planes de salud de libre elección, por el plazo de cinco años y/o hasta que se modifique la legislación regulando esta materia.
- Se deberán mantener por dos años los convenios actualmente vigentes de las isapres fusionadas con sus prestadores, a menos que las condiciones del mercado permitan acuerdos más favorables a los afiliados. Lo anterior con la finalidad que estos últimos no se vean expuestos a cambios en la calidad del servicio.
¿Qué dijo la Fiscalía Nacional Económica?
Tras el fallo de la Corte Suprema, el organismo consignó que “no coincidió con los argumentos relativos a los riesgos anticompetitivos sostenidos por la FNE y ratificados por el TDLC y, por el contrario, sostuvo que estos no se verificarían en la actualidad”.
“Con el fallo dictado hoy, la Corte Suprema autorizó la operación entre ambas aseguradoras de salud, sujetándola al cumplimiento de las quince medidas de mitigación que estas ofrecieron a la FNE para lograr la aprobación y sumando otras tres obligaciones adicionales”, añadió.
Asimismo, recordó que en febrero 2022 revolvió prohibir la operación, “advirtiendo que la adquisición de Colmena por parte de Nueva MasVida produciría riesgos relevantes, tanto unilaterales como coordinados, que no generaría eficiencias para los consumidores, y que causaría un daño a la competencia que no podría ser mitigado por las medidas ofrecidas por estas compañías”.
Luego, el TDLC, el 5 de septiembre de 2022, rechazó el recurso de revisión especial interpuesto por las partes notificantes, tras los argumentos presentados de la FNE, en los cuales advirtieron que la fusión “enfrentaría una menor competencia y que los consumidores se verían afectados por posibles alzas de precios, deterioro de las coberturas y menor calidad de servicio ofrecido“.