Recientemente, la CONAF publicó un artículo en donde se les hizo un llamado de atención a los dueños de terrenos agrícolas con el fin de que cumplan con la actual legislación forestal. El emprendedor inmobiliario Danyelo Oteiza Aguirre, comenta que muchos compran sitios sin saber que no pueden, por ejemplo, cortar árboles a su antojo.
Según la disposición legal, las parcelas de agrado corresponden a subdivisiones prediales. Es decir, quien las vende probablemente adquirió un terreno más grande, el cual fraccionó posteriormente en partes más pequeñas para generar mayores ganancias.
Dentro de estas parcelas, comúnmente de 5.000 metros cuadrados, sus dueños tienen permitido realizar diferentes tipos de obras, aunque tienen ciertas limitaciones. Éstas fueron recordadas por la Corporación Nacional Forestal (CONAF), en un artículo reciente que estableció cuáles son las regulaciones a considerar al momento de construir en estos terrenos.
“Comprar una parcela se está convirtiendo en una muy buena opción para quienes quieren abandonar la ciudad en búsqueda de algo mejor. No obstante, varios olvidan que a la hora de construir dentro de un terreno agrícola hay diferentes disposiciones legales. Por ejemplo, no puedes llegar y cortar un árbol”, indicó el emprendedor inmobiliario Danyelo Oteiza Aguirre.
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¿Qué no se puede hacer?
Para comprar una parcela de agrado, es necesario constatar que se trate de un terreno urbanizado y que cuente con todos los permisos de edificación. Una vez obtenidas todas las disposiciones legales, se debe cumplir con el reglamento dispuesto en la Ley 20.283.
Como las parcelas tienen denominación agrícola, son supervisadas por el Servicio Agrícola Ganadero (SAG) y CONAF, quienes velan por el cumplimiento de la Ley de Bosque Nativo. Esta normativa establece que, para realizar una tala de árboles, plantaciones forestales o de formaciones xerofíticas, se debe consultar previamente a CONAF y realizar una solicitud de plan de manejo.
“Toda persona que adquiere una parcela de agrado debe cumplir la legislación forestal vigente, sobre todo cuando ejecutan proyectos inmobiliarios dentro de su propiedad. Por lo tanto, les invitamos a acercarse a nuestras oficinas a lo largo del país o a contactarse a través de los canales que brindamos”, explicó en un comunicado Rodrigo Munita, director ejecutivo de CONAF.
Lo que sí es posible hacer
Según el decreto Ley 3516, que establece cuáles son las normativas de construcción en parcelas de agrado en Chile, lo fundamental es saber que la vivienda principal del terreno únicamente puede tener una superficie máxima de 500 metros cuadrados.
Además, es posible construir una vivienda de cuidador, pero ésta debe tener una superficie que en conjunto con la casa principal, sumen los metros cuadrados anteriormente mencionados.
Fuera de la construcción de una casa, los dueños de la parcela son libres de realizar cualquier tipo de construcción que deseen, siempre y cuando respeten la vegetación del lugar. Esto incluye piscinas, canchas de fútbol, huertas, estacionamientos, quinchos, entre otros.
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¿Cuáles son las ventajas?
Últimamente el precio de las viviendas en las zonas céntricas del país, especialmente en la Región Metropolitana, ha tenido un aumento considerable. Pese a la pandemia, no se ha registrado una disminución en los valores de casas y departamentos.
Es por esto que muchos están optando por la opción de adquirir un terreno fuera de Santiago para construir una vivienda desde cero.
“Si sumamos el valor que tiene un terreno rural promedio, más el valor que tiene la construcción de una casa, nos encontramos con que resulta mucho más barato que comprar una vivienda lista. Muchos se han dado cuenta de eso y han migrado a otras regiones durante esta pandemia”, señaló Danyelo Oteiza.