¿Cuándo se realiza el pago? Respuestas a 7 preguntas frecuentes del Ingreso Familiar de Emergencia

Por CNN Chile

27.05.2020 / 19:15

El ministro de Desarrollo Social, Sebastián Sichel, indicó que este viernes se notificará a quienes recibirán el beneficio. Pero, ¿cómo se informa el pago o hasta cuándo se puede cobrar? Esas son algunas de las interrogantes que acá resolvemos.


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Esta semana se cumple el plazo para hacer la solicitud para obtener el primer aporte correspondiente al Ingreso Familiar de Emergencia, beneficio para ayudar a familias vulnerables a enfrentar las cuarentenas por COVID-19.

El aporte beneficiará a quienes cuenten con el Registro Social de Hogares y pertenezcan al 60% más vulnerable provocado por la emergencia; y a los hogares compuestos por trabajadores informales que hayan perdido sus fuentes de ingreso debido a la pandemia.

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También serán beneficiarios, a partir del segundo y tercer aporte, los hogares que tienen al menos un adulto mayor de 70 años o más con Pensión Básica Solidaria de Vejez y que pertenecen al 80% más vulnerable de acuerdo al Registro Social de Hogares.

Durante esta jornada, el ministro de Desarrollo Social, Sebastián Sichel, indicó que este viernes se notificará a quienes sean beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia, cuyo pago se realizará el 10 de junio y que, en caso de ser rechazados, existe un plazo de cinco días para apelar.

Para resolver algunas dudas de este beneficio, a continuación te dejamos 7 preguntas frecuentes:

1. ¿Qué condiciones dejan fuera del beneficio a un hogar?

No podrán solicitar el beneficio aquellos hogares que, por una parte, no hayan ingresado al Registro Social de Hogares o cuando uno o más de sus integrantes se han ausentado del país por 120 días o más durante los últimos 180 días corridos, contados desde 16 de mayo de 2020.

2. ¿Hasta cuándo se puede solicitar?

Cualquier integrante mayor de edad del hogar puede solicitar el beneficio hasta el 30 de mayo de 2020 para recibir el pago del primer aporte. Si no se solicita dentro de esa fecha, tendrán hasta el 29 de junio 2020 para hacer la solicitud del beneficio para el pago del segundo aporte. Finalmente, en tercera instancia, se podrá realizar hasta el 31 de julio para el tercer aporte. Vencidos los plazos máximos para la solicitud de los pagos de los aportes del Ingreso Familiar de Emergencia, se estará renunciando a dichos aportes.

3. ¿Se puede pedir una prórroga?

Se puede pedir prórroga para extender el plazo de la solicitud al beneficio por un máximo de 5 días si es que haces una solicitud en la página del IFE. La solicitud deberá ser aprobada por la Subsecretaría de Servicios Sociales. En caso de que se acceda a la solicitud de prórroga, el pago del correspondiente aporte se realizará dentro de los 30 días corridos posteriores a la fecha de pago que le hubiese correspondido.

4. ¿Se necesita Clave Única para solicitar el beneficio?

No se necesita tener Clave Única acceder a esta página, pero pueden solicitar el beneficio también con la clave.

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5. ¿Se debe hacer el trámite todos los meses que dura el beneficio?

No, basta con que se solicite una vez para acceder a los aportes que entrega el Ingreso Familiar de Emergencia. Se entregan un máximo de tres aportes, uno por cada mes. Si se solicita dentro de los primeros 10 días desde que se habilite la plataforma, no se debe volver a solicitar para los aportes del segundo y tercer mes, y recibirán el beneficio siempre y cuando el hogar cumpla con los con requisitos para cada uno de los meses. Ahora, si se solicita después de esos 10 días, solo se recibirá el segundo y tercer aporte. Finalmente, si se solicita después de 40 días, solo se recibirá el tercer aporte.

6. ¿Cómo se notificará el pago?

Una vez que hayas solicitado el beneficio, se notificará sobre la aceptación o rechazo en un plazo de 30 días corridos desde que realizaste la solicitud. Esta información le llegará al integrante del hogar que la realizó la solicitud.

7. ¿Cuál es el plazo para cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia?

Una vez asignado el pago, el beneficio debe ser cobrado antes del 31 de diciembre del 2020. Si no se cobra, se asumirá que se renuncia al Ingreso Familiar de Emergencia.