Monto mínimo de la pensión de alimentos incrementará gracias al aumento del sueldo mínimo: Revisa los detalles
Por CNN Chile
13.08.2022 / 19:19
A partir del 1 de agosto, el ingreso mínimo mensual aumentó a $400 mil. Gracias a eso, los niños, niñas y adolescentes que reciben la pensión alimenticia verán un incremento en el monto mensual que perciben. Revisa todos los detalles a continuación.
El pasado 1 de agosto, el ingreso mínimo mensual para trabajadores mayores de 18 años y de hasta 65 años aumentó a $400 mil. Esto trajo consigo que varios aportes y beneficios estatales aumentaran sus montos.
Una de ellas es la pensión de alimentos, un derecho que tienen los niños, niñas y adolescentes para contar con enseres necesarios para subsistir.
Lee también: Plebiscito de salida: Conoce tu local de votación y si debes ser vocal de mesa
Este aporte es la obligación de los progenitores, que no tenga la custodia del menor, de entregar todo lo necesario para que pueda vivir en normalidad, sean gastos de sustento, habitación, vestuario, salud y movilización. Además, esto incluye el velar porque se cumpla con su educación de enseñanza básica, media y superior.
En Chile, la pensión alimenticia es obligatoria hasta los 21 años. Sin embargo, si los hijos están estudiando una carrera técnica o profesional, la pensión se seguirá entregando hasta que cumplan 28 años.
Gracias al aumento del sueldo mínimo en nuestro país, el Gobierno informó que hijos e hijas que reciben la pensión verán un incremento en el monto mensual que reciben.
Los montos mínimos que indica la ley y que se entregarán por pensión de alimentos son:
- El 40% del sueldo mínimo en caso de tener una hija o hijo.
- El 30% del sueldo mínimo por hija o hijo, en caso de tener más de una/o.
Lee también: Cámara de Comercio Valparaíso anunció que alza de precios para las Fiestas Patrias llegaría hasta un 30%
Esto significa que al aumentar el sueldo mínimo a $400.000, el monto mínimo de la pensión sube a:
- $160.000 si existe un solo hijo o hija.
- $120.000 por cada hijo o hija, si existen dos o más.
Cabe destacar que el monto no puede pasar el 50% de los ingresos de quien paga la pensión, considerando los descuentos estrictamente legales.