Abogado de DD. HH. sobre liberación de presos de Punta Peuco: “Que esto no signifique impunidad”
Por CNN Chile
01.08.2018 / 23:41
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El jurista calificó como preocupantes “los argumentos que da” el informe de la Corte Suprema respecto a beneficio de libertad condicional.
Conmoción ha causado el anuncio sobre la liberación de cinco presos condenados por crímenes de lesa humanidad que saldrán del penal de Punta Peuco tras un fallo de la Corte Suprema que acogió un recurso de amparo el pasado martes.
El máximo tribunal determinó revocar las resoluciones que habían negado la libertad condicional a cinco ex agentes del Estado, beneficiando así a los condenados Gamaliel Soto Segura, Manuel Pérez Santillán, José Quintanilla Fernández, Hernán Portillo Aranda y Felipe González Astorga, según informó CNN Chile.
Al respecto el abogado de Derechos Humanos Francisco Jara indicó en entrevista con Última Mirada que esta situación “no es la primera vez que ocurre, como por ejemplo en el caso ‘degollados’, donde la mayor parte de los victimarios están libres, dándole beneficios de a gota”, señaló, especificando que el fallo es preocupante “por los argumentos que da “, dijo.
“Según el estándar que ha dado la Corte Interamericana de Derechos Humanos es que esto no signifique impunidad”, destacando que esta liberación no merme los deberes del Estado de juzgar y sancionar.
“Se ve que el mensaje que mandata el derecho internacional de proscribir la impunidad no se está dando”, dijo, lo que ejemplificó diciendo que “no puede ser que robar, que un delito contra una propiedad tenga una pena mayor que desaparecer a una persona”, sentenció.
Además, el jurista fue enfático en señalar que, para evitar la repetición de estos hechos, es necesario tener “requisitos más estrictos a la hora de entregar beneficios”, dijo en casos de crímenes que son dados en casos de violencia de estado.
Respecto a los beneficios de libertad condicional en el caso de estos cinco militares en retiro, argumentando que actuaron bajo órdenes, Francisco Jara indicó que “aquí no se hace ninguna consideración de este tipo”.
“Lo que ha incidido aquí es que estas personas tenían penas muy bajas, cumpliendo hasta la fecha la mitad de la condena”, señaló destacando el nivel de agravantes que se le aplica a las condenas menores.