Mónica Rincón: “El Ejército no está facultado para lucha contra el narcotráfico, a menos que haya una reforma constitucional”
Por Mónica Rincón
10.07.2019 / 20:29
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"Sólo en la guerra o en Estados de excepción decretados, por ejemplo, por una catástrofe, las Fuerzas Armadas pueden realizar actividades operativas. Son, como su nombre lo indica, excepciones a la norma constitucional", comentó la conductora de Marca Registrada.
Ejército involucrado en la lucha contra el narcotráfico en la frontera. Debate que recién se está abriendo a raíz de un decreto presentado por el presidente Sebastián Piñera. Una medida que puede ser tremendamente popular, al punto de que algunos querrían ver también a los uniformados en las poblaciones tomadas por carteles.
Ayer hablábamos de si, frente a este problema gravísimo, la iniciativa del gobierno era conveniente o no. Citamos experiencias internacionales que nos hablan en contra de esta idea. Pero si es conveniente o no, es un aspecto. Otro, es si es legal o no.
La Constitución es clara. En su artículo 101 señala: “Las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública están integradas sólo por Carabineros e Investigaciones. Constituyen la fuerza pública y existen para dar eficacia al derecho, garantizar el orden público y la seguridad pública interior”.
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Sólo en la guerra o en Estados de excepción decretados, por ejemplo, por una catástrofe, las Fuerzas Armadas pueden realizar actividades operativas. Son, como su nombre lo indica, excepciones a la norma constitucional.
¿Cómo ha defendido el Gobierno este decreto? Explicando que el Ejército sólo cooperará en el combate al narcotráfico en la frontera. Pero la Ley Orgánica de Carabineros en su artículo 3 dice que la vigilancia policial de las fronteras corresponde a la policía uniformada.
El ministro de Defensa ha dicho que es lo que ya se hace. No es el mejor argumento, porque lo que se haga de hecho no necesariamente corresponde a lo que se debe hacer en derecho. Pero además, si ya se realiza y no es un cambio de doctrina en las funciones del Ejército en relación con el narco, ¿para qué dictar un decreto?
Alberto Espina puso como ejemplo las labores de la Armada en relación con la droga. De nuevo un argumento imperfecto, porque el ministro debe tener claro que los marinos son una excepción, dado que hay una ley que los habilita como policía marítima.
¿Está facultado legal o constitucionalmente el Ejército para ayudar a las policías en la lucha contra el narcotráfico? Opino que no. No a menos que se haga una reforma constitucional.
¿Pasará la toma de razón en Contraloría este decreto? El Contralor y eventualmente el Tribunal Constitucional tendrán la palabra.
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