El abogado que participó en 2014 en el proyecto para modificar la legislación, criticó la capacidad investigativa de las policías chilenas: "No existe un real sistema de inteligencia y no existe una policía calificada para investigar estas cosas".
La explosión al interior de una oficina de la 54° Comisaría de Huechuraba llevó de nuevo al tapete el debate sobre la Ley Antiterrorista. ¿Cómo se define terrorismo en la legislación actual? ¿Cuáles son los reparos que se le hace a esta ley?
El abogado que participó en 2014 en el proyecto para modificar la Ley Antiterrorista, Juan Pablo Hermosilla, explicó los detalles de esta normativa.
“Es acto terrorista de acuerdo a la ley el enviar explosivos con la intencionalidad de producir temor en la población, o en determinados sectores de la población, de que pueden ser objeto de algo similar”, explicó el abogado. En esa línea, “lo que marca la actividad terrorista es la intencionalidad de acuerdo a la legislación actual, y es lo que hace que sea tan difícil de perseguir“.
Por ejemplo, en el caso del artefacto enviado a Huechuraba y a las oficinas del ex ministro del Interior Rodrigo Hinzpeter, habría que investigar cuál era la finalidad de la acción. “No basta sólo con tener la intención de causar temor, lo que se requiere es que haya un delito previo. Son básicamente delitos que ponen en peligro la vida de las personas”, aclaró Hermosilla.
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Reparos a la Ley Antiterrorista
1. Una de las primeras críticas a la actual legislación es que “no basta con que haya temor; tiene que acreditar que la intención que tuvo la persona era causar ese temor”. Por eso, el modelo que recomendaron en 2014 implicaba que “en vez de centrarte en los actos, lo que haces es centrarte en la organización criminal y lo que busques es atacar las organizaciones criminales con fines terroristas”.
2. En segundo lugar, algunos también afirman que las herramientas investigativas que entrega la legislación son incompletas, sin embargo, para el experto eso no es así. “La ley es muy generosa en cuanto a las herramientas investigativas y creo que eso esconde más bien la deficiencia de dos sistemas: que no exista en Chile un real sistema de inteligencia y que no exista una policía calificada para investigar estas cosas“, dijo el abogado.
“La capacidad investigativa de nuestras policías es muy mala”, sostuvo, y agregó que “el problema no está en nuestros jueces”, sino que “nuestro sistema de inteligencia es como que no exista en realidad, porque no tiene facultades investigativas”.
Por eso, afirmó que “tenemos que crear un sistema de inteligencia; si es necesario dar más facultades, hay que darlas; pero siempre con un control civil muy importante sobre la actividad de inteligencia y policial“.
3. Por último, un reparo que se ha hecho incluso desde las Naciones Unidas es el tratamiento de los derechos humanos. “El problema de DD.HH. es la aplicación del sistema antiterrorista a las reivindicaciones territoriales violentas por parte de pueblos indígenas“.
“En la IX Región hay mucha violencia, hay un problema de paz social gravemente dañada, pero no hay terrorismo”, indicó. El Estado, si quiere resolver el tema de La Araucanía, tiene que enfrentar las causas, pero no puede llegar y catalogar de terroristas a quienes buscan la recuperación de tierras”, añadió.
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