Abogado querellante y resolución de la Suprema: “No significa que el Minsal puede elegir los correos que entrega”
Por CNN Chile
16.10.2020 / 12:47
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En conversación con CNN Chile, Ramón Sepúlveda aseguró que "es el Minsal el que debe señalar qué correo electrónico o servidores no se pueden allanar" en base a dos criterios: la adquisición de insumos médicos estratégicos y el manejo de fuerzas policiales y militares.
Tras un fallo dividido de la Corte Suprema, la Fiscalía podrá acceder aunque de forma parcial a los correos del Minsal. La diligencia es parte de la indagatoria que realiza el Ministerio Público por las eventuales responsabilidades del gobierno en las muertes por COVID-19.
En conversación con CNN Chile, Ramón Sepúlveda, uno de los abogados querellantes, manifestó que “yo la verdad creo que la resolución de la Corte Suprema es muy potente porque, en primer término, establece que todos somos iguales ante la ley, acá nadie puede buscar impunidad a través de decisiones gubernamentales como la que estaba buscando el ministro de Salud”.
Consultado sobre en qué se traduce la resolución del máximo tribunal, explicó que “acá la Corte Suprema accede a que se mantenga la entrada de ingreso y registro con allanamiento de los correos electrónicos“.
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“Eso no significa que el Minsal puede elegir los correos que entrega, lo que implica es que la Fiscalía va a seguir esta diligencia con la policía y ellos van a tener que revisar cuál es la información que quieren retirar”, continuó.
El abogado detalló que la Corte Suprema limitó el acceso “en relación con dos puntos bien específicos: la adquisición de insumos médicos en estado de pandemia que sean estratégicos y el manejo de fuerzas policiales y militares“.
“Nosotros entendemos que la Corte Suprema dice que se mantiene la resolución de ingreso y registro con allanamiento de los correos electrónicos, por lo tanto, quien hace la diligencia es la Fiscalía con asistencia de la policía. No significa que el Ministerio va a entregar los correos que quiere, acá es la Fiscalía la que ingresa, registra y allana lo que estima pertinente”, reiteró.
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“Y si hay algún documento que dice relación con estos dos puntos bien específicos, que es el tema de los insumos médicos y el manejo de las fuerzas militares, el Ministerio de Salud va a poder decir que ‘yo pido que eso no lo hallanen por la resolución de la Corte Suprema’. Pero es una cuestión puntual, no significa que ellos van a poder mostrar lo que quieren”, añadió.
De este modo, aseguró que “es el Minsal el que debe señalar fundadamente qué correo electrónico o qué servidores no se pueden allanar” y agregó que “si no permiten esta diligencia incurren en desacato”.