Gajardo y ley que sube penas a infractores de cuarentena: “Para la gran mayoría de los casos, disminuye las sanciones”
Por CNN Chile
23.06.2020 / 00:48
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El ex fiscal analizó en CNN Chile los alcances de la normativa que endurece las sanciones a los que atenten contra salud pública. "Le da la posibilidad al Ministerio Público de requerir en un procedimiento especial denominado monitorio, donde se permite que se suspenda la pena de multas de seis UTM", sostuvo el abogado.
Ya fue publicada en el Diario Oficial la nueva ley endurece las penas para quienes infrinjan las medidas sanitarias. Ante el aumento de casos y muertes por COVID-19 las autoridades procuran hacer cumplir las normas con más fiscalizaciones y mayores sanciones.
Para conversar sobre este tema y los alcances de esta ley, Mónica Rincón entrevistó a ex fiscal y abogado Carlos Gajardo.
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“Lo que hace esta ley es distinguir situaciones. Previamente, teníamos una normativa muy gruesa que simplemente sancionaba a quien pusiera en peligro la salud pública y, con esta modificación, lo que se hace es establecer algunas situaciones más graves”, explica el abogado.
Entre las nuevas situaciones establecidas en la recién promulgada ley, se contemplan sanciones para organizadores de fiestas no autorizadas y a empleadores que obliga a trabajar a un colaborador que se encuentra en cuarentena y también a toda aquella persona que genere un peligro de contagio.
Al promulgarla, el presidente Sebastián Piñera dijo: “esta ley aumenta las penas hasta tres años de cárcel en los casos más graves y hasta cinco años de cárcel si la persona actúa de forma maliciosa“.
Sin embargo, a juicio del ex fiscal, contrario a lo que se pensaba, esta ley no endurece las sanciones sino que abre posibilidades para reducir las penas en las situaciones más frecuentes y solo sube las penas en casos excepcionales. “Para es porcentaje de casos que van a ser más del 90% de las sanciones, se le da la posibilidad al Ministerio Público de requerir en un procedimiento especial denominado monitorio, donde se permite que se suspenda la pena de multas de seis UTM. Por lo tanto, para la gran mayoría de los casos lo que se hace es disminuir las sanciones”, sostuvo.
El abogado destaca que esta ley se debe acompañar con medidas de asistencia social a los más vulnerables, como la distribución del ingreso familiar de emergencia, dado que muchas de las personas que infringen la cuarentena lo hacen porque deben salir a buscar el sustento propio y el de sus familias.
“Si es que esas dos normativas no van de la mano, efectivamente, uno podría decir que se está criminalizando que las personas tengan que infringir la cuarentena para salir a trabajar y subsistir”, agregó.
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En cuanto a los “porfiados” que violan las medidas sanitarias más de una vez o que lo hacen teniendo las condiciones para socioecónomicas para quedarse en casa, Gajardo asegura que esta modificación de la ley no se hace cargo de este problema.
“Habría sido bueno que esta normativa hubiera esclarecido más ese punto para evitar interpretaciones. Yo diría que una persona que no tenga antecedentes no debiera en ningún caso tener una sanción de cárcel. Pero sí cuando reiteradamente ha infringido la cuarentena“, aclaró.