La normativa pretende ampliar el delito de femicidio a cualquier asesinato de una mujer con motivos de odio, menosprecio o abuso por causa de género, sin importar la relación o cercanía del asesino con su víctima.
Por unanimidad con 121 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado la normativa denominada “Ley Gabriela”, ello en relación a un caso emblemático, de Gabriela Alcaíno quien fue asesinada junto a su madre en su casa por una ex pareja.
Por lo anterior varios parlamentarios crearon la iniciativa, esta modifica la tipificación del delito de femicidio incorporando la modalidad del cometido por pareja, esposo, cónyuge o conviviente y en los casos en que un hombre mata a una mujer por razones de género.
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En su idea matriz, la propuesta, analizada previamente por la Comisión de Mujeres y Equidad de Género, expresa la necesidad de modificar el Código Penal para ampliar el delito de femicidio a cualquier asesinato de una mujer con motivos de odio, menosprecio o abuso por causa de género, sin importar la relación o cercanía del asesino con su víctima.
A esto se le asigna una pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado (de 15 años y 1 día a perpetuo).
Otras implicancias de la “Ley Gabriela”
Pretende establecer agravantes especiales al delito de femicidio y excluir a los delitos de femicidio, parricidio y homicidio simple y calificado de la aplicación de las atenuantes de “irreprochable conducta anterior” o de haber obrado producto de arrebato u obcecación, en los casos en que haya precedido incidente de violencia cometido por el autor contra la víctima, sus ascendientes o descendientes.
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Además, propone una enumeración de circunstancias agravantes, tales como el hecho que la víctima hubiese sido cónyuge, conviviente o hubiese tenido una relación de pareja con el autor, habiendo existido o no convivencia; que la víctima estuviese en estado de embarazo; que sea menor de edad o mayor de 60 años; que tenga relación de parentesco consanguíneo hasta el cuarto grado colateral con el autor; así como que se cometa en presencia de descendientes menores de edad de la víctima.
La iniciativa además crea un nuevo artículo que tipifica la figura de incitación al suicidio o le preste auxilio para cometerlo, en el marco de las desiguales relaciones de poder basadas en el género, especificando circunstancias en que especialmente se entenderá la concurrencia de dichas relaciones desiguales de poder.
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El proyecto de ley fue presentado por las/os diputadas/os Karol Cariola (PC), Daniella Cicardini (PS), Maya Fernández (PS), Cristina Girardi (PPD), Marcela Sabat (RN), Gabriel Silber (DC), Jaime Tohá (PS), Víctor Torres (DC), Camila Vallejo (PC) y Gael Yeomans (RD).
Mira la entrevista al diputado DC, Gabriel Silber, profundizando en esta noticia.