En medio de la investigación a las empresas de transporte de valores del país por una presunta colusión, CNN Chile conversó con la abogada y académica María Elina Cruz sobre los antecedentes del caso, así como también de sus posibles conclusiones e implicancias. Además, detalló la figura de la delación compensada y cómo operó en este caso.
El pasado miércoles la Fiscalía Nacional Económica (FNE) informó sobre el ingreso de un requerimiento ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), por la colusión de tres de las principales empresas de transporte de valores que operan en Chile y seis de sus ejecutivos. Se trataría de un acuerdo entre Brink’s Chile S.A. (Brink’s), Juncadella Prosegur Group Andina S.A. (Prosegur) y Wagner Seguridad Custodia y Transporte de Valores SpA (Loomis), para fijar los precios de sus servicios entre los años 2017 y 2018.
Para analizar los antecedentes del caso y sus posibles impactos en el mercado, CNN Chile conversó con la directora de Deloitte Chile y académica de la Pontificia Universidad Católica, María Elina Cruz. Consultada por la nueva ley que sanciona la colusión con penas de cárcel y en caso de que esta investigación a las empresas de transporte refleje algún delito, Cruz señaló que “las multas que se pueden imponer, post la ley de 2016, aumentan significativamente”.
Asimismo, destacó que “es primera vez que la Fiscalía, además de a las empresas, está pidiendo multas serias, de montos significativos, para los gerentes generales y country manager, que no necesariamente residen en Chile”, eso, puntualizó, “es algo muy relevante porque, según ha indicado la OCDE, el efecto disuasivo de las multas personales es tremendo y es una facultad poco utilizada por la Fiscalía”.
“Si es que se determina que estas empresas son sancionables por colusión por el Tribunal de Libre Competencia, y luego lo ratifica la Corte Suprema, el fiscal nacional económico tiene la facultad exclusiva y excluyente de iniciar una acción penal si considera que estos son bienes esenciales para la economía y otra serie de requisitos (…) en cuyo caso, la figura penal que se contempla es hasta 10 años y un día y se aplica también la ley Emilia, o sea, un año de presidio efectivo”, advirtió la abogada.
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Con respecto a la aplicación de la figura de delación compensada en casos de colusión, Cruz afirmó que “es muy difícil desequilibrar una colusión sin que alguien se delate; Tradicionalmente, las colusiones duran 10 ó 20 años y la forma que tuvo el derecho internacional, a través de la teoría de juego de desequilibrar el acuerdo que hay entre más de dos personas o equipos que están actuando de una forma coludida, es introducir este elemento de desconfianza que es la delación compensada”.
Eso, detalló, “significa que el que se acuse primero se queda sin pena, pero solo el primero, no el segundo ni el tercero”. A su vez, sostuvo que “es interesante también que al Ministerio Público no le guste esta figura, le gustaría más entrar, pero creo que la Fiscalía hace un buen rol y es la única forma de garantizarlo”.
“Todos los partícipes de la colusión arriesgan pena“, manifestó Cruz con respecto a la funcionaria de la empresa que denunció la colusión, que si bien no sería responsable, estaría implicada. “De lo que el delator nunca se va a salvar es de la indemnización a consumidores“, precisó, debido a que sí estaría libre de penas o multas por su información.
En cuanto a la posibilidad de establecer el servicio cuestionado como uno esencial, la abogada indicó que “no es una definición fácil, se tienden a confundir que un servicio sea esencial con que vaya directo al consumidor (…) el fiscal se beneficiaría de tener reglas más claras respecto de este tema, en vez de tener que aplicar su propio criterio, pero sí es necesario que sea exclusivo y excluyente, porque de otra forma el Ministerio Público se sube al carro y empiezan a demandar, cuando ellos no respetan la delación compensada“.
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Ante las irregularidades que habrían cometido estas empresas de transporte de valores, Cruz recordó que entre los roles que cumplen están “tesorería, custodia de valores, hacer transferencias de un lado a otro, encargarse de los cajeros automáticos”.
En ese sentido, enfatizó, “lo que alega la Fiscalía es que pusieron tarifas adicionales que antes no existían para su servicio, crearon servicios nuevos para también tarificarlos, en materia de tesorería se repartieron los cajeros automáticos por volumen y también existe la alegación de que se hayan puesto de acuerdo en las remuneraciones y prestaciones de seguridad social”.