La presidenta de la Asociación de Magistrados se refirió a los cuestionamientos al Poder Judicial tras el crimen de Ámbar Cornejo. "El proceso que se lleva a cabo en la comisión no es un juicio, sino más bien enmarcado en un proceso administrativo", explicó.
Continúan los cuestionamientos al Poder Judicial tras el crimen de Ámbar Cornejo, la joven de 16 años que habría sido asesinada por Hugo Bustamante, quien fue liberado de la cárcel en 2016.
Parlamentarios del oficialismo, incluso, han impulsado una acusación constitucional en contra de Silvana Donoso, la ministra que presidió la comisión que otorgó la libertad condicional al imputado, quien había cometido un doble homicidio de similares características en 2005.
En conversación con CNN Chile, la presidenta de la Asociación de Magistrados, María Soledad Piñeiro, se refirió al respecto y señaló que “comprendemos el dolor, la angustia y la tristeza de la familia de Ámbar, sin duda es una situación muy grave”.
Piñeiro enfatizó que “los jueces, cuando tomamos decisiones, nos ajustamos a la ley y, en esta ocasión, la comisión también aplicó la ley que estaba vigente a la fecha”.
Lee también: Psicóloga de Gendarmería apunta al Poder Judicial por libertad de Hugo Bustamante: “No leen nuestros informes”
Asimismo, se refirió al informe que entregó Gendarmería hace cuatro años, donde se advertía que Bustamante no presentaba las condiciones para ser beneficiado con esta libertad.
“La legislación considera que ese informe es un informe indiciario de las condiciones que tiene la persona, a efectos de poder establecer si puede o no existir una reinserción social. Por lo tanto, es un informe no obligatorio para la comisión“, afirmó.
Además, aclaró que “cada juez se hace responsable de sus resoluciones” y que “el proceso que se lleva a cabo en la comisión no es un juicio, sino más bien enmarcado en un proceso administrativo en el que, incluso, la posibilidad de recurrir cuando este beneficio, hoy día no existe”.
La magistrada hace referencia a que, anteriormente, los condenados a más de 20 años, como en el caso de Bustamante, la ley establecía que se les puede conceder la libertad condicional solo una vez cumplidos diez años de la pena, lo que fue modificado en enero del año pasado. Ahora, en cambio, no pueden acceder al beneficio quienes cumplan penas superiores a las dos décadas de presidio.
Sobre la posible existencia de un juez de ejecución, Piñeiro dijo que “en muchos países este tipo de jueces existen, porque son los que se preocupan de que la sanción se esté cumpliendo dentro de parámetros, no solamente de derechos humanos, sino que también de una real reinserción para que la persona cuando retome su libertad pueda ser alguien que aporte a la sociedad”.