Evacúan dos edificios más por socavones en Reñaca: ¿Qué opciones legales tienen los evacuados?
Por CNN Chile
12.09.2023 / 19:35
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En conversación con Hoy Es Noticia, la abogada Bárbara Salinas entregó una serie de recomendaciones legales para los perjudicados a raíz de los socavones que se han producido tras las intensas precipitaciones. "Es sumamente importante que los afectados se organicen y comiencen a preparar una demanda civil en contra del Estado", dijo.
Cuatro son los edificios de Viña del Mar que tienen órdenes de evacuación a raíz de los socavones que se han producido tras las intensas precipitaciones. ¿Qué opciones legales tienen quienes han tenido que abandonar sus departamentos?
En conversación con Hoy Es Noticia, la abogada Bárbara Salinas explicó que, en primera instancia, las personas perjudicadas por esta emergencia “tienen que hacer caso de la orden de evacuación porque es una orden de autoridad, de lo contrario estaría cumpliendo un delito de desacato. Nadie se puede negar a aquello y se entiende que son por razones de seguridad. Desde ese punto de vista, la vida está primero que el quedarte en los departamentos que han sido afectados“.
Asimismo, señaló que como recomendación “si yo tengo que evacuar y tengo que arrendar otra vivienda, otro departamento, pagar un hotel, etc., la recomendación inmediata es guardar todos y cada uno de los comprobantes de todos los gastos generados a raíz de esta evacuación“.
Eventuales responsabilidades
Por otra parte, y respecto a las responsabilidades en materia legal, la experta expresó que “lo que no está en discusión es la responsabilidad del Estado por falta de servicio, porque ese colector de aguas lluvias es un colector que se encuentra en una vía pública y quien responde por aquello es el Ministerio de Obras Públicas”.
En esa línea y en cuanto a la constructora, “desde el punto de vista ético, yo creo que merece todo el reproche de responsabilidad porque estamos todos conscientes hoy en día que se construyó en una zona de campo dunar, es decir, sobre dunas que además son objeto de una protección. Sin embargo, si la constructora cumplió con todos y cada uno de los requerimientos que se le hicieron tanto de las normas jurídicas como las autoridades, la constructora en principio no tendría responsabilidad”.
“Si es que hay o no un daño estructural y en segundo lugar, existiendo aquel daño, si es que está dentro de los plazos de los 10 años de prescripción para hacerse responsable por esos daños”, agregó.
Sobre las alternativas que tienen los afectados, Salinas comentó que descartaría presentar denuncias al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) “por la razón de que es competente en materia de ley de protección al consumidor y eso va a ser aplicable en la medida en que estemos frente a la responsabilidad de la constructora. Frente al Estado, por supuesto que pueden demandar civilmente. Yo recomendaría básicamente hacer el denuncio a la compañía de seguros, lo que se llama siniestrar la póliza“.
“En materia de seguros, uno tiene que hacer la denuncia tan pronto ocurre el hecho”, añadió.
Finalmente, aconsejó: “Hacer la denuncia a la compañía de seguros por esta condición de inhabitable que se aplicaría por parte de la autoridad y que entiendo que, por lo demás, va a ser a lo menos por un período de ocho meses. (…) Y por otro lado, es sumamente importante que los afectados se organicen y comiencen a preparar una demanda civil en contra del Estado que va a tomar muchísimo tiempo“.