Con información de CNN en Español

Revés para Noboa: Corte declara inconstitucional el último estado de excepción decretado por no justificarlo correctamente

Por CNN Chile

11.05.2024 / 15:44

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La semana pasada, el presidente ecuatoriano dictó la medida debido al aumento de hostilidades y violencia. La decisión de la Corte Constitucional es de cumplimiento inmediato en cuanto se publique en el Registro Oficial.


(CNN Español) – La Corte Constitucional de Ecuador emitió este viernes un dictamen en el que declaró la inconstitucionalidad del decreto de estado de excepción firmado por el presidente Daniel Noboa el 30 de abril en las provincias de Manabí, El Oro, Guayas, Los Ríos y Santa Elena debido al aumento de hostilidades y violencia en esas zonas del país.

La decisión de la Corte se basó en que el mandatario no justificó correctamente la razón del decreto, ni el ámbito territorial, ni el plazo de aplicación.

“No ha justificado la configuración de la causal de conflicto armado interno (…) tampoco ha justificado su ámbito territorial y temporal de aplicación, ni que los hechos aludidos no puedan ser enfrentados a través del régimen constitucional ordinario, y se limita a establecer la existencia de dificultades en la ejecución de operaciones militares ante la necesidad de coordinar y articular con la Fiscalía y con los jueces penales de turno para la realización de inspecciones, allanamientos y requisas”, precisa la Corte Constitucional en su resolución.

“Debe ofrecer suficientes datos fácticos”

Por otra parte, la Corte hizo un llamado de atención al presidente Noboa en el que le recuerda que un estado de excepción tiene que ser emitido con responsabilidad y debe estar motivado adecuadamente.

“Todo decreto de estado de excepción debe ofrecer suficientes datos fácticos que justifiquen un mecanismo constitucional tan extraordinario”, precisó la Corte.

CNN consultó a la Presidencia de Ecuador si habrá una reacción a esta decisión y está a la espera de una respuesta. La decisión de la Corte es de inmediato cumplimiento en cuanto se publique en el Registro Oficial.