Cuba vota referéndum para legalizar el matrimonio igualitario y ampliar la protección a mujeres víctimas de VIF

Por CNN Chile

25.09.2022 / 15:58

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Las y los cubanos deberán decidir si actualizan o no el Código de las Familias, el cual está vigente desde 1975. Entre otras de las modificaciones se encuentra el fin del matrimonio infantil y permitir la gestación subrogada. 


(CNN Español) – Unos ocho millones de cubanos podrán participar este domingo de un referéndum que busca actualizar el Código de las Familias que data de 1975.

La votación definirá por mayoría simple lo siguiente:

  • Legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo.
  • Fin al matrimonio infantil. 
  • Medidas de protección a las mujeres en casos de violencia de género intrafamiliar (VIF).
  • Aceptar la gestación subrogada. 

Es la tercera vez que las y los cubanos son convocados a un referéndum en 46 años. Anteriormente, hubo dos procesos similares para modificar la Carta Magna: uno en 1976 y otro en febrero de 2019.

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“A 47 años de la promulgación del Código de Familia vigente, se hace imprescindible introducir las modificaciones”, afirma el preámbulo del nuevo Código de las Familias que fue publicado en la Gaceta Oficial el mes pasado tras un proceso de deliberaciones. En efecto, lo que se votará el domingo es la versión número 25 del texto, aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular —el poder legislativo de la isla— después de un proceso de deliberaciones que se desarrolló entre febrero y abril de 2022. 

Este domingo, las y los ciudadanos de Cuba deberán acercarse a los centros de votación entre las 6 de la mañana y las 7 de la tarde.

De imponerse el Sí, Cuba se convertirá en el noveno país de América Latina en legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo, detrás de Argentina, Chile, Uruguay, Brasil, Colombia, Ecuador, Costa Rica y México.

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Mientras que el código anterior se refería al matrimonio como “la unión voluntariamente concertada de un hombre y una mujer”, el nuevo texto lo nombra como “la unión voluntariamente concertada de dos personas con aptitud legal para ello, con el fin de hacer vida en común, sobre la base del afecto, el amor y el respeto mutuos”.

Junto con esa disposición, el nuevo código de las familias reconocerá una diversa gama de filiaciones que trascienden la consanguinidad.

Fin del matrimonio infantil

El Código de 1975 habilita la posibilidad excepcional de formalizar un matrimonio infantil con el visto bueno de los padres, “siempre que la hembra tenga, por lo menos, 14 años cumplidos y el varón 16 años”, según constaba en el texto original. Por el contrario, en el nuevo proyecto se afirma que “la capacidad de las personas para formalizar matrimonio se alcanza a los dieciocho (18) años”.

El matrimonio infantil despoja a las niñas de su infancia, y pone su vida y su salud en peligro, según UNICEF. Además, las niñas que contraen matrimonio antes de cumplir los 18 años corren un mayor riesgo de sufrir violencia doméstica y tienen menos probabilidades de seguir asistiendo a la escuela.

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Disposiciones ante la violencia de género

El nuevo Código reconoce los episodios de discriminación y la violencia en el ámbito familiar y afirma que los mismos “constituyen expresiones de violencia familiar (VIF) el maltrato verbal, físico, psíquico, moral, sexual, económico o patrimonial, la negligencia, la desatención y el abandono, ya sea por acción u omisión, directa o indirecta”.

Además, establece que se trata de “asuntos de urgencia” y que, por tanto, son de tutela urgente. “Quien se considere víctima tiene derecho a denunciar y a solicitar protección inmediata de las autoridades correspondientes”, añade el articulado que se someterá a votación popular este domingo.

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Legalización de la gestación subrogada:

Nombrada en el nuevo texto como “Gestación solidaria” y conocida popularmente como “alquiler de vientres”, Cuba podría sumarse a la acotada lista de países que reconocen la gestación subrogada, ampliamente cuestionada por los conflictos éticos que conlleva.

Sin embargo, el nuevo código plantea una serie de condiciones para llevarse adelante, entre ellos, que debe ser por motivos altruistas y de solidaridad humana y que no puede estar mediada por ningún “tipo de remuneración, dádiva u otro beneficio”.