Columna de Álvaro Vergara: El camino del autoritarismo

Por Álvaro Vergara

28.07.2022 / 23:07

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El investigador del Instituto de Estudios Sociales (IES) analizó diferentes puntos de la propuesta constitucional, donde criticó las iniciativas del Poder Judicial, el nuevo Sistema de Justicia y la relación con los pueblos originarios.


El Poder Judicial

La separación de los poderes del Estado y un Poder Judicial independiente constituyen importantes resguardos frente a los potenciales abusos del poder político. En efecto, los tribunales deben intentar trabajar al margen de las presiones, siempre con apego al Derecho y a la ley. Es por eso que, cuando caudillos o movimientos autoritarios llegan al poder, lo primero que hacen es meter mano en esos mecanismos. Hugo Chávez, Rafael Correa y Cristina Fernández, por ejemplo, se ocuparon de desprestigiar al Poder Judicial una y otra vez con una finalidad: construir un relato que le permitiera tener cierto control sobre estos funcionarios. Y hoy en Chile, no solo vemos cómo muchos personeros de izquierda hacen algo parecido, sino que también contamos con una propuesta constitucional que pone incentivos que pueden facilitar ese camino.

Los problemas existen

Todos sabemos que nuestro Poder Judicial arrastra dificultades. Se le acusa de ser lento, hermético, ajeno a la ciudadanía, elitista y otros calificativos más. El proceso constituyente se erigía precisamente como una oportunidad histórica con la difícil tarea, de dinamizar e independizar más a nuestros tribunales. Pero el fallo que ocasionó la catástrofe fue que los convencionales no comprendieron su mandato. Nunca comprendieron que las facultades que tenían debían construir certezas para nuestro destino y el de nuestras familias, menos bajo fórmulas arriesgadas. El encargo era mejorar y modificar lo que no estaba funcionando.

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Sistemas de Justicia

Muchos convencionales desean instalar la preeminencia absoluta de los políticos sobre todo el aparataje estatal. La señal más clara es, precisamente, el reemplazo del Poder Judicial por sistemas de justicia paralelos (uno nacional y los de los diferentes pueblos originarios que coexisten coordinados en un plano de igualdad). Esto tiene motivos teóricos, ya que en la Convención se instaló fuertemente la tesis de que la división de tres poderes constituye el modelo constitucional del “Estado burgués”, que funcionaría en beneficio de las “clases dominantes”. La tarea, por tanto, era eliminarlo, concentrando varias de sus atribuciones en el Presidente y el Congreso.

El Consejo de la Justicia

Si se revisa la propuesta Constitucional, se podrá apreciar a ratos un texto ambiguo e incluso incoherente. Ese es el caso del Consejo de la Justicia. Este nuevo órgano nombrará a todos los jueces y funcionarios del sistema, adoptará medidas disciplinarias en contra de ellos, efectuará una revisión integral de todos los tribunales que incluirán “audiencias públicas”. Es cierto que esta figura existe en otros países donde ha funcionado bien. Sin embargo, y como advirtió la Comisión de Venencia en su informe sobre el proceso constitucional, todo depende de su conformación: se necesitaba una mayoría de jueces. Es decir, todo lo que no ocurrió acá. De los 17 miembros del Consejo de la Justicia chileno solo 8 son jueces elegidos por sus pares, el resto son 2 funcionarios, 2 escaños reservados para pueblos indígenas y 5 elegidos por el Congreso en una terna resultante de un concurso público del Consejo de la Alta Dirección Pública. En otras palabras, este Consejo corre un riesgo latente de ser cooptado por la clase política y empresarial, tal como ha sucedido, según el profesor Daniel Brinks, en distintas partes del mundo, especialmente en América Latina.

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Consejo de la Justicia plurinacional

La propuesta define al Consejo de la Justicia como un “órgano autónomo, técnico, paritario y plurinacional”. No obstante, es extraño que sea definido como un organismo plurinacional y que al mismo tiempo se excluya a la justicia indígena de su control. Esto porque el Consejo tiene a su cargo solo a los tribunales del Sistema Nacional de Justicia (el de los que no pertenecemos a etnias), pero todo el accionar de estas autoridades (sus restricciones, su formación, sus faltas, etc.) no quedan bajo su conocimiento, lo que podría prestarse para ciertos abusos y malas prácticas.

¿Autoridades ancestrales?

Como se dijo anteriormente, lo que hace la propuesta es crear sistemas de justicia paralelos. Eso significa que, si la propuesta constitucional se aprueba, quienes ejercerán la jurisdicción (la facultad de conocer, juzgar y ejecutar las causas) serán los jueces del Sistema Nacional de Justicia y las llamadas “autoridades ancestrales” de los pueblos indígenas (quienes no son jueces profesionales). En este punto surgen muchas interrogantes. Respecto algunos pueblos, por ejemplo, está claro quiénes serían esas autoridades ancestrales. Para los mapuche serían los lonkos y las machis (como la misma convencional Francisca Linconao o, en su tiempo, Celestino Córdova). Pero queda menos claro quiénes impartían justicia para pueblos que no lograron desarrollar sistemas jurídicos. ¿Quién resolvería los conflictos en la comunidad del pueblo chango en Antofagasta? ¿O en los territorios Selk’nam de la Patagonia? No se sabe. Todo eso deberá reconstruirse (o recrearse) en su caso y de alguna forma.

El poder no controla al poder

Si el poder apabullante y concentrado del Consejo de la Justicia hubiese sido limitado por medio de otros órganos este no sería tan peligroso. Pero ahí está el mayor problema de este asunto: nadie lo controla. Y, aunque algunos de los órganos autónomos de la propuesta estuviesen facultados para hacerlo (no lo están), si la coalición gobernante obtiene mayoría en ambas cámaras esto se volvería casi imposible. ¿Por qué? Porque al ser eliminado el Poder Judicial, las autoridades más importantes de los órganos autónomos (es decir, que no deberían depender del poder político) son nombrados por el poder político. El Contralor General será designado por el Presidente con acuerdo de ambas cámaras en sesión conjunta por la aprobación de la mayoría de sus miembros en ejercicio. Lo mismo sucede con el fiscal nacional, quien será designado solo por el ejecutivo y el legislativo. ¿El Tricel? Designado por el Consejo de la Justicia. ¿Y la Corte Constitucional? Lo mismo, será controlada por las fuerzas dominantes ya que cuatro de sus integrantes elegidos por el Congreso, tres por el Presidente y los otros cuatro por este Consejo de la Justicia. ¿No se palpa el peligro acaso?