"Nuestra idiosincrasia tributaria no fue considerada a la hora de proponer y aprobar esta modificación legal. En este sentido, aún existe un amplio espectro de informalidad y medidas como estas presentan el riego de incrementar dicha informalidad", afirma la socia de la consultora tributaria Recabarren & Asociados.
Desde un punto de vista estrictamente teórico, gravar con IVA la totalidad de los servicios es propio de un sistema eficiente, y el mecanismo del crédito fiscal, debería permitir que los precios no necesariamente aumenten o el aumento sea acotado. Asimismo, el cumplimiento y fiscalización tenderían a simplificarse.
Pero la realidad de los servicios profesionales muestra lo contrario.
En primer término, el aumento en el precio de los servicios profesionales podría ser relevante, dado que usualmente tiende a existir un alto valor agregado y costos muy acotados. Así, si el impuesto se traspasa directamente a precio, en teoría, los clientes finales verán incrementado sus costos en 19%, lo cual puede ser perjudicial en una economía sujeta a presión inflacionaria.
Por otro lado, quienes pasan a tener la calidad de contribuyentes de IVA asumen una carga administrativa compleja y elevada a la que no están acostumbrados ni forma parte de nuestra cultura tributaria.
La normativa que entra en vigencia el próximo 1 de enero de 2023 trata de hacerse cargo de ello, y excluye del IVA a los servicios de salud ambulatorios. Asimismo, libera del tributo a los ingresos generados por sociedades de profesionales, y profesionales independientes.
Luego, como regla general, los servicios médicos y dentales quedarían exentos de IVA sea que se presten por médicos independientes, sociedades de profesionales o por instituciones de salud.
Tratándose de otros servicios profesionales, su afectación con IVA dependerá de la organización del prestador. Si se trata de profesionales independientes o sociedades de profesionales, entonces quedarán exentos. Si los servicios profesionales se prestan a través de otras entidades, se afectarán con IVA.
Cabe preguntarse entonces, ¿tiene realmente sentido gravar con IVA a los servicios profesionales?
Aparentemente, nuestra idiosincrasia tributaria no fue considerada a la hora de proponer y aprobar esta modificación legal. En este sentido, aún existe un amplio espectro de informalidad y medidas como estas presentan el riego de incrementar dicha informalidad.
Un ejemplo cotidiano, para que se entienda la planteado. El diseño de teclado estándar que utilizamos para nuestros computadores es el QWERTY, que data de 1868, y fue pensado para la antigua máquina de escribir tradicional (para minimizar que las teclas se trabaran). Desde hace tiempo existen alternativas de diseño que en teoría son más eficientes; sin embargo, el costo del cambio es demasiado alto.
Nuestra idiosincrasia tributaria parece indicar que el costo asociado a la incorporación de los servicios profesionales al IVA puede ser muy alto versus el beneficio esperado, más aún si se considera que el sistema incluirá una serie de exenciones y al final la aplicación del gravamen dependerá de la forma organizacional que siga para la prestación de los servicios.