Columna de Gonzalo Durán: Proyecto de 40 horas, la necesidad de fortalecer a los sindicatos y su negociación colectiva

Por Gonzalo Durán

18.10.2022 / 13:16

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“La reducción de la jornada laboral máxima no es una política neutra. Como es sabido, el intercambio entre quien vende su fuerza de trabajo y quien la compra es siempre un intercambio entre desiguales. La discusión, entonces, debiese situarse con más firmeza en ese marco de conflicto orgánico que se plantea en la producción capitalista”, dijo el investigador de Fundación SOL.


La reducción de la jornada laboral máxima de 45 a 40 horas que se discute esta semana en el Congreso es una medida necesaria para combatir la creciente colonización del tiempo de vida, la falta de horas para destinar a actividades no laborales y el bajo valor que tiene la fuerza de trabajo en Chile, entendiendo que se busca rebajar la jornada sin rebajar los salarios.

Pero esta medida tal como está planteada en el debate, por importante que sea, será resistida y combatida por el empresariado y con ello, el objetivo del “evidente aumento en la calidad de vida para trabajadores y trabajadoras” se verá amenazado. Hay al menos cuatro consideraciones a tener en cuenta.

Primero. Entendiendo que la reducción de la jornada laboral debe implementarse atendiendo los efectos que pueda tener en la economía en su conjunto, no parece lógico que las grandes empresas reciban el mismo trato de las empresas de menor tamaño en lo referido a la gradualidad de los cinco años para la implementación de la medida. ¿Por qué las grandes empresas deberían tener el mismo trato especial que las empresas de menor tamaño para implementar la medida?

Lo más probable será que en esa larga gradualidad, miles de trabajadores y trabajadoras que hoy están contratados a tiempo completo sean despedidos y a cambio se contraten trabajadoras y trabajadores en la nueva media jornada de 27 horas (o incluso en modalidades de menos carga horaria, como ya sucede en el retail, con las llamadas jornadas “peak time”).

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También cabe la posibilidad de que las empresas reemplacen trabajo “caro” por trabajo “barato”, es decir despidan a quienes tienen más experiencia y contraten a quienes trabajan por un salario por primera vez o se encuentran en cesantía. Por supuesto, es necesario que haya posibilidades de empleo de estos sectores, lo cual remite a un problema endémico de la actual estructura económica de bajo perfil técnico y de bajo costo. La trampa está, en que se eluda esa cuestión estructural y se termine abriendo el mercado a costa de disminuir más los bajos estándares de trabajo que existen en el país. Y de momento, sin sindicatos fuertes, es poco lo que se puede hacer para frenar este tipo de prácticas empresariales.

Segundo. Actualmente los empresarios tienen la posibilidad -bajo ciertos requisitos- de ofrecer contratos de trabajo sin control de la jornada laboral, en otras palabras, de ofrecer contratos exceptuados del límite legal de horas (incisos 2, 3 y 4 del artículo 22 del Código del Trabajo). Este es el caso, por ejemplo, de las y los trabajadores contratados para ejercer sus servicios fuera del lugar o sitio de funcionamiento de la empresa (peonetas, vendedores/as en ruta, etc.). El proyecto y sus indicaciones parece limitar la aplicabilidad de esta excepción de jornada laboral, más no la elimina. Esto quiere decir que no sólo habrá trabajadores y trabajadoras que siendo asalariadas no se verán beneficiadas con la reducción de la jornada laboral, sino también que las empresas seguirán teniendo la posibilidad de utilizar esta vía de escape sin grandes trabas legales (aunque de forma más restringida).

Sin la existencia de sindicatos que fiscalicen esto de forma permanente, es probable que el empresariado aumente la práctica de usar la excepción de jornada laboral. Lo que correspondía entonces era eliminar esta posibilidad y no simplemente limitarla suavemente. Esta consideración no es novedad, la Coordinadora de Trabajadores por las 40 Horas, constituida por más de 50 sindicatos lo viene demandando hace tiempo.

Tercero. Se propone la posibilidad de adaptar los turnos laborales, especialmente en el caso de las empresas con turnos rotativos, “por acuerdo de las partes”. No es comprensible que se insista en la supuesta igualdad de condiciones para negociar entre quien compra trabajo ajeno con capital de por medio, y quien debe vender su fuerza de trabajo so pena de no subsistir. Nuevamente, sin mediar sindicatos fuertes eso es una quimera y más bien una concesión al eterno deseo liberal de la negociación individual.

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Finalmente, y lo más importante, el supuesto implícito de que el empresariado estará dispuesto a ceder una parte de la tasa de ganancia sin mediar una presión sindical es un supuesto irreal. Es posible que una minoría de empresas estén dispuestos a hacerlo, pero no la mayoría, y ciertamente no, las grandes corporaciones. De hecho, vale preguntarse, ¿quién se beneficia hoy con las largas jornadas de trabajo?

Nuestra investigación en la revista científica Capital And Class de este año dio cuenta de una reveladora estadística: la abrumadora distancia entre el número de horas de trabajo que la clase trabajadora como conjunto dedica a financiar sus propios salarios y el tiempo de su jornada productiva que dedica exclusivamente a generar ganancias empresariales. El indicador utilizado muestra que, en una jornada de ocho horas, tres horas se destinan en Chile a financiar salarios y cinco a financiar márgenes de ganancia. Poniéndolo de otro modo: si la jornada laboral diaria tuviese 8 horas, y se comenzara a las 8:30AM, a las 11:30AM se cumpliría con el cometido de financiar los costos laborales y todo el resto de jornada laboral sería trabajo extra por el que no se obtiene una remuneración.

La reducción de la jornada laboral máxima, no es una política neutra. Como es sabido, el intercambio entre quien vende su fuerza de trabajo y quien la compra es siempre un intercambio entre desiguales. La discusión, entonces, debiese situarse con más firmeza en ese marco de conflicto orgánico que se plantea en la producción capitalista.

En este plano, la presencia de sindicatos fuertes y de negociación colectiva por rama de actividad económica, si bien se han visibilizado como cuestiones que interesa impulsar, se vuelven cuestiones más bien ineludibles que deben subirse a la discusión actual. Sin mayor presencia sindical y más aún, sin presencia sindical con poder de negociación colectiva de escala masiva, la reducción de la jornada laboral máxima desde 45 a 40 horas puede dejar un gran margen de acción a quien supuestamente se intenta contrapesar, y transformarse en una medida voluntarista.