Fallo incluyó perspectiva de género: Ex agentes de la DINA son condenados por secuestro y torturas en la “Venda Sexy”
Por CNN Chile
06.11.2020 / 10:34
{"multiple":false,"video":{"key":"czm0LddApE9","duration":"00:08:42","type":"video","download":""}}
El ministro en visita Mario Carroza condenó a 15 años de cárcel a tres ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) como autores secuestro calificado, aplicación de tormentos y aplicación de tormentos con violencia sexual.
Tres ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) fueron condenados a 15 años de cárcel por su autoría en los delitos de secuestro calificado, aplicación de tormentos y aplicación de tormentos con violencia sexual.
De acuerdo al fallo del ministro en visita, Mario Carroza, las vulneraciones fueron cometidas a 10 prisioneras y prisioneros políticos en el centro de detención clandestino conocido como “La Venda Sexy” o “La Discoteque”.
Además, otro ex funcionario del organismo represor deberá cumplir 541 días de presidio, por su complicidad en el secuestro de dos presos políticos de dicho grupo.
Lee también: Delgado tras reunión con Carabineros y PDI: “Hay que lograr que las policías estén más cerca de la ciudadanía”
La mayoría de dichas violaciones de derechos humanos ocurrieron en 1974, a un año de la instauración de la dictadura militar de Augusto Pinochet.
Uno de los aspectos más novedosos del fallo es que aplicó perspectiva de género en su decisión.
“La gravedad y la naturaleza de los delitos, llevan a resolver los casos ocurridos en el cuartel secreto de la DINA, Venda Sexy, con una perspectiva de género, ya que ellos constituyen una forma de violencia contra la mujer y un cumplimiento a los estándares internacionales en temas de género“, señaló Carroza.
De los diez detenidos políticos, seis eran mujeres, quienes fueron víctimas de apremios sexuales por parte de los ex agentes de manera sistemática durante los interrogatorios a las que fueron sometidas.
Lee también: TC acoge parcialmente recurso y declara inconstitucional artículo del proyecto que sanciona el negacionismo
De este modo, el magistrado expresó que “construir un tipo penal separado al de secuestro agravado, por constituir conductas que, en una mirada a los estándares internacionales, han de ser visibilizadas y exaltadas por su gravedad y deshumanización, toda vez que ellas instituyen una forma específica de violencia contra la mujer”.
Por otra parte, en el ámbito civil, el fallo condenó al Estado chileno a pagar una indemnización de $80 millones por concepto de daño moral a cada una de las víctimas.