Despachan al Senado proyecto que prohíbe negar matrículas en colegios por deudas

Por CNN Chile

18.08.2020 / 18:53

La iniciativa establece que los colegios particulares subvencionados, y particulares pagados no podrán impedir la renovación de matrículas de 2021 por el no pago de mensualidades. Asimismo, dispone que los recintos deberán elaborar un plan de medidas extraordinarias para garantizar la continuidad del proceso educativo de las y los estudiantes.


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Al Senado pasó el proyecto de ley que prohíbe a los establecimientos educacionales particulares subvencionados, y particulares pagados, negar la matrícula para el año 2021 a estudiantes que presentan deuda, en el contexto de la crisis económica producto de la pandemia del COVID-19.

Esto, luego de ser aprobado en general, de forma unánime, por 151 votos en la Cámara de Diputados y en particular por 138 votos a favor, seis en contra y seis abstenciones.

De esa forma, fue despachado al Senado, en donde será revisado primero en comisión y luego votado en Sala.

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La iniciativa establece que los recintos educacionales particulares subvencionados, y particulares pagados deberán elaborar un plan de medidas extraordinarias para garantizar la continuidad del proceso educativo de las y los estudiantes.

Dichas determinaciones deberán tener énfasis en enfrentar las consecuencias económicas producto de la emergencia sanitaria derivada del COVID-19.

El plan deberá contener y explicitar medidas extraordinarias, tales como becas, rebaja de mensualidades, reprogramación de deudas, entre otras, para aquellos padres, madres y apoderados cuya situación económica se ha visto menoscabada producto de la emergencia sanitaria.

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La norma se extiende, además, a padres, madres y apoderados que hayan perdido su empleo a consecuencia de la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), por el brote de coronavirus, o se encuentren acogidos a la ley que establece un seguro de desempleo o la que faculta el acceso a prestaciones del seguro de desempleo en circunstancias excepcionales.

Asimismo, se agrega que, en caso de que se adopten medidas de flexibilización económicas en las que se establezca una modalidad diversa de pago o en el número de cuotas, el cambio en dichas condiciones no podrá generar intereses ni multas por mora.

La moción contiene un artículo transitorio que establece que los planes deberán ser elaborados por los establecimientos dentro del plazo de un mes desde la fecha de publicación de la norma.

De esta forma, las y los alumnos que se acojan a estos planes tendrán asegurada la continuidad escolar en el mismo establecimiento para el año 2021, sin que se les pueda cancelar o impedir la renovación de la matrícula.