A partir del 30 de abril: AFC publica calendario de pagos para trabajadores suscritos a suspensión de contrato
Por CNN Chile
24.04.2020 / 00:46
El pago va dirigido para quienes hayan visto suspendidas sus funciones a causa de la crisis del COVID-19 y cuyos empleadores se acogieron a la Ley de Protección del Empleo y sus solicitudes fueron sido aceptadas.
VIDEO RELACIONADO – Largas filas en sucursal de Chile Atiende (08:09)
A partir del próximo jueves 30 de abril, los trabajadores que hayan visto suspendidas sus funciones a causa de la crisis del COVID-19 y cuyos empleadores se hayan acogido a la Ley de Protección del Empleo y sus solicitudes hayan sido aceptadas, comenzarán a recibir sus pagos por parte de Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
Dichos pagos corresponden al porcentaje de sus remuneraciones indicados por la ley y se harán efectivos por la vía que el empleador haya especificado en la nómina de trabajadores suscritos a pacto, es decir, a través de transferencia bancaria o pago en efectivo en Servipag o BancoEstado.
Lee también: Proponen que empresas acogidas a Ley de Protección al Empleo no puedan repartir dividendos
Al respecto, el gerente de operaciones y servicios de AFC Chile, Daniel Manoli, explicó que “es necesario que empleadores y trabajadores se informen acerca de las fechas de pago, que serán comunicadas por AFC mediante correo electrónico una vez aprobada la suscripción”.
“Los pagos se realizarán a mes vencido desde la fecha de inicio de la suspensión o pacto, coincidiendo con el viernes más próximo. Para que esto se cumpla, el empleador debe suscribir a lo menos 10 días hábiles antes de la fecha de pago en nuestro sitio web pactos.afc.cl”, agregó.
Lee también: “Shock negativo en la economía”: Informe del CEP indica que cuarentenas impactan en 78% del empleo
Asimismo, enfatizó que los trabajadores que dejaron de cumplir sus funciones en marzo y cuyos empleadores completaron la solicitud hasta el 23 de abril, recibirán su pago el día 30 de abril.
En tanto, los trabajadores que hayan cesado funciones en el mismo mes de marzo, pero sus empleadores hayan realizado el trámite hasta el 29 de abril, recibirán su pago el día 7 de mayo.
De ahí en adelante, quienes hayan visto suspendidas sus funciones a partir del presente mes, recibirán su pago dentro de los cinco días hábiles siguientes al cumplimiento del mes desde que suscribieron el pacto.
Revisa a continuación el calendario dispuesto por AFC: