Desde el organismo cuestionaron el actuar del Ministerio Publico y el Poder Judicial en ciertas investigaciones en las que, a su juicio, se han vulnerado principios como el de presunción de inocencia y el derecho a la libertad provisional.
La Comisión Chilena de Derechos Humanos cuestionó la parcialidad de las investigaciones judiciales realizadas por el Ministerio Público, tomando como ejemplo la del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, sobre la que afirman que hubo politización.
¿Qué dijo la Comisión Chilena de Derechos Humanos?
En un comunicado, dijeron preocuparse del actuar del Ministerio Publico y el Poder Judicial en ciertas investigaciones “por el desconocimiento y vulneración de instituciones tan relevantes (…) como lo son la presunción de inocencia y el derecho a la libertad provisional“.
“Nos preocupa la proporcionalidad y necesariedad de las medidas cautelares personales, como la prisión preventiva, o la objetividad de la investigación penal, que son transgredidas por prácticas inadmisibles dentro de un Estado de Derecho”, agregaron.
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Afirmaron que el respeto por las instituciones y principios fundamentales que deben aplicarse en todo procedimiento penal está siendo puesto en duda “por el mal uso de los instrumentos persecutorios, por ciertos fiscales y tribunales, que en medio de un contexto de politización de la justicia y claros indicios de “Lawfare”, han cargado el peso de la Lley con mayor vehemencia contra ciertos imputados. Ello ha quedado de manifiesto en el caso del alcalde Jadue“.
Normas que se transgeredieron en el caso de Jadue
A juicio de la comisión, en el proceso judicial del jefe comunal se han “transgredido” normas legales y constitucionales, pero sobre todo, normas del Derecho Internacional de Derechos Humanos, el cual es “obligatorio en su aplicación” para el Ministerio Público y el Poder Judicial.
Según detallaron, en primer lugar se transgredió el principio de objetividad de la investigación, ya que, a su juicio, la Fiscalía “parece solamente preocuparse por buscar lo que puede servir para la acusación del imputado, vulnerando gravemente el mencionado principio”.
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En segundo lugar, respecto a la legalidad de las medidas privativas o restrictivas de libertad, afirmaron que “no hay indicios calificados que señalen que la prisión preventiva sea indispensable para el resultado de la investigación, Tampoco hay indicios calificados para aseverar que la libertad del imputado es una amenaza para la sociedad o del ofendido ni indicios calificados para afirmar que existiera peligro de fuga del imputado”.
El organismo tildó como “grave” el que la jueza de Garantía y la Corte de Apelaciones de Santiago hayan hecho “uso extensivo” de esta cautelar, la cual “debe ser excepcional”. “Este uso indebido de instrumentos judiciales parece dar la razón a quienes sostienen que estamos ante un claro caso de Lawfare, en el que se busca inhabilitar políticamente a un dirigente a través de procesos judiciales en los que no se respetan instituciones jurídicas fundamentales”.