A través de un comunicado, el 34 Juzgado del crimen de Santiago informó su resolución sobre el caso de colusión detectado en el mercado del papel tissue, explicando que “no se admite a tramitación la causa por estimarse que los hechos descritos no revisten carácter de delito“.
Además explicó que, aunque los hechos comenzaron a ejecutarse a partir del año 2000, “las conductas colusivas” por las que se pretendía continuar con la investigación “son conductas atípicas, no sancionadas penalmente”.
La defensa del mandatario aseguró que él fue víctima de acoso sistemático por parte de la mujer que, 10 años después de enviados los mensajes, presentó la denuncia en su contra.