A través de un oficio, el organismo dio a conocer que los establecimientos educacionales podrán usar las estufas siempre y cuando estén certificadas y se adopten todas las medidas de seguridad.
Ante las bajas temperaturas que afectan a varias regiones del país, la Superintendencia de Educación emitió un oficio en el que indica que los establecimientos educacionales pueden utilizar estufas a gas para calefaccionar las salas de clases. El documento fue emitido luego de que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) confirmara que no hay restricciones normativas para el uso de dichos artefactos.
¿Qué dice la actual normativa?
La legislación vigente señala que debe haber temperaturas mínimas en los recintos que utilizan párvulos y estudiantes -con excepción de patios y baños- que varían entre 12 y 15° C dependiendo de la zona geográfica y del nivel educativo.
Y que para lograr dichas condiciones de temperatura, los colegios deben usar idealmente “estrategias pasivas”, como aislamiento de muros, sellado de ventanas, sistemas de refrigeración y/o calefacción “con ductos de evacuación de gases al exterior, o lo que establezcan los organismos competentes en la materia y provisto de elementos de protección contra las quemaduras”.
De ese modo, tras consultas de las autoridades y sostenedores, la Superintendencia de Educación emitió un oficio en el que entrega orientaciones sobre los sistemas de calefacción que pueden usar los establecimientos de educación.
Y tomando en cuenta un documento aclaratorio de la SEC, se confirmó que “no existe restricción normativa respecto al uso de estufas rodantes con cilindro incorporado de gas licuado de petróleo, GLP”.
Los establecimientos educacionales podrán usar las estufas siempre y cuando estén certificadas y se adopten todas las medidas de seguridad.
Además, el documento señala que es factible financiar sistemas de climatización de locales escolares con recursos de la Subvención Escolar Preferencial (SEP).
¿Qué tener en cuenta para el uso seguro de estufas a gas en colegios?
- Las estufas rodantes con cilindro incorporado deben ser certificadas.
- Deben estar situadas en espacios ventilados y que no permitan la acumulación de gas.
- Los flexibles y reguladores deben estar certificados en conformidad a la reglamentación vigente.
- Si la conexión del cilindro y la estufa rodante es mediante manguera plástica para gas, se debe revisar periódicamente su fecha de vencimiento y reemplazarla cuando corresponda.
- Por ningún motivo utilizar mangueras de jardín, ya que éstas no tienen resistencia suficiente para instalaciones de gas y pueden dañarse con facilidad.
- El traslado de cilindros, llenos o vacíos, deberá ser en posición vertical.
- Considerar las recomendaciones de uso del fabricante de las estufas rodantes.
- Efectuar la mantención periódica de las estufas rodantes.
Además, el oficio establece que “cualquier sistema de calefacción que utilice la combustión como medio de generación de calor (…) ya sea a gas, kerosene, leña, pellet, carbón u otro similar (…) debe contar con salida de gases al exterior”.
A ello se suma que los artefactos deben ser utilizados bajo la supervisión de un adulto, contar con elementos de protección contra quemaduras y mantener una ventilación permanente para evitar acumulación de monóxido de carbono.
Por otro lado, se señala que cuando existan condiciones climáticas adversas, los colegios deben permitir a los estudiantes el uso de abrigos o vestimentas distintas al uniforme, con el objetivo de mantenerse resguardados del frío. También pueden tomarse medidas en torno a los horarios de clases y suspensión de actividades al aire libre.