Condominio de Antofagasta había multado a sus residentes por tener mascotas: Corte Suprema le ordenó devolver el dinero
Por CNN Chile
22.11.2024 / 12:30
El máximo tribunal ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta y desestimó los errores que acusó la recurrente sobre el fallo de segunda instancia.
La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos en contra de la sentencia que acogió la demanda de indemnización contra la administración de comunidad, por aplicar multas a residentes por mantener mascotas en un condominio de Antofagasta.
En un fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal descartó un error en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, la que ordenó al condominio demandado restituir las sumas indebidamente cobradas.
El fallo de la Corte Suprema contra condominio de Antofagasta
El fallo señala que “los jueces del mérito, al confirmar lo resuelto por el tribunal de primera instancia hicieron suyos los argumentos esgrimidos por el a quo, tribunal que estableció, en su motivación duodécima, que los demandantes pagaron las sumas demandadas por conceptos de multas, razón por la cual se acogió la demanda, según los montos asentados en ambos motivos undécimo, descontadas las sumas que se consideraron prescritas”.
La resolución agrega que, a pesar que la recurrente estimó que habían tres errores en la sentencia de alzada, “todas esas alegaciones confluyen en un hecho, el cual se tuvo por acreditado en la sentencia recurrida, cual es, el haberse pagado las multas, por tenencia de mascotas, por parte de los actores”.
En esa misma línea, la Suprema estimó que “el objeto del recurso en estudio es velar por la adecuada interpretación y aplicación de las normas legales que han de dirimir la controversia, con el objeto de que este tribunal pueda cumplir con la función uniformadora del derecho asignada por la ley”.
Tras su argumentación, el máximo tribunal estimó que “en estas condiciones, no es posible alterar la situación fáctica que viene determinada en el fallo cuestionado y establecer una distinta, que se correspondiera con aquella que se requiere asentar, para el éxito de la pretensión de ineficacia, por cuanto, de la manera en que se formuló el libelo, los hechos que sirvieron de base a las conclusiones de los sentenciadores resultan inamovibles y definitivos para el tribunal de casación”.