Corte de Apelaciones rechaza amparo interpuesto por defensa de Yáñez contra alerta fronteriza ordenada por fiscal Chong

Por Arelí Zúñiga

02.09.2024 / 15:35

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Según la resolución emitida por el tribunal de alzada, la acción ordenada por Fiscalía no conlleva alguna "afectación a la presunción de inocencia y solo persigue conocer los movimientos migratorios".


Este lunes la Corte de Apelaciones rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa del general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, contra la alerta fronteriza ordenada por la fiscal Ximena Chong.

La acción de la persecutora fue interpuesta como parte de la indagatoria que realiza el Ministerio Público por la presunta responsabilidad de mando de Yáñez en violaciones a los DD.HH. durante el estallido social.

La medida solicitada por la Fiscalía, que notifica al Ministerio Público sobre cualquier movimiento internacional del general e instruye al jefe del Departamento de Control de Fronteras a generar una alerta inmediata si Yáñez sale o entra al país, está siendo revisada por la octava sala de la Corte de Apelaciones y en las próximas horas se espera que el tribunal emita una resolución al respecto.

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La resolución detalla que la alerta fronteriza establecida “es una medida que nada investiga ni aporta a la causa; que efectivamente no existe afectación alguna a la presunción de inocencia y solo persigue conocer los movimientos migratorios del afectado, sin un objetivo claro en el desarrollo de la investigación que se adelanta”.

“Además de estimar que Policía Internacional lleva el registro del total de las personas que abandonan o ingresan al territorio nacional, sin necesidad de que se disponga un requerimiento expreso respecto de determinada persona, formulado con publicidad, afirmando que en nada afecta a la persona respecto de la cual se pide la información, por lo que no se aprecia la utilidad real de esta medida”, puntualiza.