El Casa 212, iba al aeródromo de la Isla Robinson Crusoe para ayudar a los damnificados del terremoto del 2010, sin embargo tras dos fallidos intentos de aterrizaje, debido a las malas condiciones climáticas, las autoridades aeronáuticas perdieron el rastro. Finalmente el avión se estrelló contra las aguas del océano.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó este lunes 12 de julio la resolución que rechazó las indemnizaciones por lucro cesante y daño moral deducidas por familiares de las víctimas fallecidas en el accidente del avión Casa 212, registrado en el archipiélago Juan Fernández, en septiembre de 2011.
En fallo unánime de la Primera Sala del tribunal acogió los recursos presentados en contra de la sentencia de primera instancia, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Valparaíso, que no dio lugar a los pagos indemnizatorios.
“Que, en consecuencia, de la prueba rendida por las partes, en especial la documental (informes y certificados psicológicos) y testimonial de los demandantes, se puede dar por establecido que los hijos, hijas, cónyuges, conviviente, padres y madres de las víctimas que resultaron fallecidas en el contexto de la caída al mar del avión CASA 212 ocurrido el 02 de septiembre de 2011, han sufrido no sólo una aflicción y dolor, sino que igualmente es posible presumir que sus proyectos familiares se han visto fracturados o alterados de manera relevante”, argumenta el tribunal de alzada porteño.
“Lo que corresponde a esta Corte fijar el monto de la indemnización, para lo que no existe un común denominador entre los daños extrapatrimoniales y la indemnización en dinero que se solicita, por lo que su cuantificación se hará de manera prudencial buscando alcanzar una satisfacción sustitutiva y compensatoria. La que se estima en 150 millones de pesos para cada uno de los actores señalados”, razona la Primera Sala.
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La resolución agrega que: “respecto de los demás demandantes, quienes en sus calidades de abuelos/as, tíos/as, hermanos/as o pareja de los fallecidos en el accidente del CASA 212, requieren del Fisco de Chile una indemnización por daño moral por repercusión o rebote; resulta necesario distinguir el concepto de daño moral al que se apunta, ya que de entenderse de manera tradicional como el ‘precio del dolor’, las limitaciones contenidas en su propio concepto llevan a sostener que dicha circunstancia debe acreditarse mediante un peritaje, puesto que en los términos del artículo 411 numeral 1º del Código de Procedimiento Civil, se trata indudablemente de un punto de hecho para cuya apreciación se requieren conocimientos especiales de alguna ciencia o arte, como es la psiquiatría o psicología, para poder establecer que aquel dolor experimentado proviene del fallecimiento de una persona en particular”.
Presidente de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y vocero de la causa, el ministro Pablo Droppelmann Cuneo.
Resolución
En cuanto a la forma:
- Se rechazan ambas objeciones documentales.
En cuanto al fondo:
Se revoca la sentencia apelada de 16 de noviembre de 2018, escrita de fs. 6564 a 7034, en cuanto negó lugar a las indemnizaciones del lucro cesante y por daño moral y, en su lugar, se declara que:
- Se acoge la demanda interpuesta por Luis Slier Martínez y Silvia Muñoz Arancibia, en su calidad de padres de Sylvia Slier Muñoz, a quien el demandado Fisco de Chile, les pagará por concepto de lucro cesante, los ingresos mensuales multiplicados por 10 años, esto es $41.542.200 ($346.185 por 120 meses)
- Se acoge la demanda deducida por Marcos Gatica Carrillo y Teresa Aburto Paredes, en su calidad de padres de Carolina Gatica Aburto, por lo que el Fisco de Chile les pagará, por concepto de lucro cesante, los ingresos mensuales multiplicados por 10 años, esto es, $60.760.560 ($506.338 por 120 meses).
- Se acoge la demanda planteada por Diego Palma Castaño, Max Palma Castaño y Santiago Palma Castaño en calidad de hijos, y Luisella Castaño Ferralis en su calidad de cónyuge de Jorge Andrés Palma Calvo, debiendo el demandado Fisco de Chile, pagarles por concepto de lucro cesante, los ingresos promedio mensuales multiplicados por 12 años, esto es $507.745.008 ($3.526.007 por 144 meses)
- Se accede a la demanda presentada por los tres hijos de la víctima Sebastián Correa Murillo, esto es Laura Correa Vela, Sebastián Correa Vela y Leonor Correa Vela, les pagará el demandado Fisco de Chile, por concepto de lucro cesante, los ingresos promedio mensuales multiplicados por 13 años, esto es $161.036.772 ($1.032.287 por 156 meses).
- Se acoge la demanda hecha por Ainara Párraga Díaz, Iñaki Párraga Díaz y Sebastián Lozano Díaz en sus calidades de hijos, y a Mario Párraga San Román en su calidad de cónyuge de Galia Díaz Riffo, a quienes se les pagará por el demandado Fisco de Chile, por concepto de lucro cesante, los ingresos promedio mensuales multiplicados por 14,5 años, esto es $338.968.356 ($1.948.094 por 174 meses).
- Se accede a lo solicitado por Martina Bruce Sanhueza y Rafaela Bruce Sanhueza en sus calidades de hijas, Andrea Sanhueza Carrasco como cónyuge, Caupolicán Bruce Schaut y Marisa Pruzzo Stone en calidad de padres de Roberto Bruce Pruzzo, por lo que se les pagará por el demandado Fisco de Chile, por concepto de lucro cesante, los ingresos promedio mensuales multiplicados por 16,5 años, esto es $517.468.644 ($2.613.478 por 198 meses).
- Se acoge la demanda deducida por Luis Slier Martínez, Silvia Muñoz Arancibia, Marcos Gatica Carrillo y Teresa Aburto Paredes, de la causa ‘Slier con Fisco’; Luisella Paola Castaño Ferralis, Diego Palma Castaño, Max Palma Castaño y Santiago Palma Castaño de la causa ‘Castaño con Fisco’; Jorge Camiroaga Puch de ‘Camiroaga con Fisco’; Eugenio Correa Alliende, María Consuelo Murillo Baeza, Laura Correa Vela, Sebastián Correa Vela y Leonor Correa Vela ‘Correa con Fisco’; Justo Oliva Vera de ‘Oliva con Fisco’; Paola Miño Benítez, Pía Fernández Miño y Rodrigo Fernández Miño de ‘Miño con Fisco’; Mario Párraga San Román, Ainara Párraga Díaz Iñaki Párraga Díaz y Sebastián Lozano Díaz de ‘Párraga con Fisco’; Patricio Vela Peebles y María de la Luz Montero de ‘Vela con Fisco’; Osvaldo Estrada Muñoz y Lilian Muñoz Arteaga de ‘Muñoz con Fisco’; María Alicia Rebolledo Castro de ‘Rebolledo con Fisco’; Carolina Valderrama Rojas y Constanza Núñez Valderrama de ‘Valderrama con Fisco’; Jeannette Mardones Barrientos, Natalia Jeannette Jones Mardones y Sebastián Eduardo Jones Mardones de ‘Mardones con Fisco’; Jorge Cabezón Cartagena, María Graciela de Amesti y Marcela Marchant Elizalde; Eduardo Andrés Lizama Delgado, Valentina Javiera Lizama Henríquez y Juan Eduardo Lizama Ruz; Karina San Martín Caro y Jacqueline Pino Miranda; y Mafalda Faggiani Calderón, todos de ‘Delgado con Fisco’; Andrea Sanhueza Carrasco, Martina Bruce Sanhueza, Rafaela Bruce Sanhueza, Caupolicán Bruce Schaut y Marisa Pruzzo Stone de ‘Sanhueza con Fisco’; y, en consecuencia, se condena al demandado Fisco de Chile, a pagar a cada uno de los actores antes mencionados, la suma de $150.000.000 por concepto de daño moral.
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Todos los montos antes indicados deberán ser pagados con los reajustes correspondientes a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada y el día de su pago efectivo.
CASA 212
Cabe recordar que el viernes 2 de septiembre de 2011, el CASA 212 despegó desde el grupo 10 de la FACh junto con un equipo de representantes de Televisión Nacional de Chile, miembros de la fundación Desafío Levantemos Chile, profesionales del Consejo Nacionales de las Culturas y las Artes e integrantes de la Fuerza Aérea.
La nave volaba con destino al aeródromo de la Isla Robinson Crusoe, para ayudar a los damnificados del terremoto del 2010, sin embargo, tras dos fallidos intentos de aterrizaje, debido a las malas condiciones climáticas, las autoridades aeronáuticas perdieron el rastro del Casa 212, que finalmente se estrelló contra las aguas del Océano Pacífico.
Al días siguiente, tras diversas labores de búsqueda la nave fue encontrada destruida y fueron hallados dos cuerpos. Finalmente el 3 de septiembre, el entonces ministro de Defensa, Andrés Allamand junto al vocero de Gobierno, Andrés Chadwick, confirmaron que no habían sobrevivientes.
A bordo del avión estaba un equipo de Televisión Nacional entre ellos el animador Felipe Camiroaga, Roberto Bruce, Sylvia Slier, Rodrigo Cabezón y Carolina Gatica.