Corte acogió recurso de protección de Defensoría de la Niñez por tratos degradantes de la PDI con menores en Ercilla
Por CNN Chile
22.03.2021 / 13:54
El recurso fue presentado en enero a raíz del audio en el que un funcionario decía a una menor que lloraba en Temucuicui: “quédate aquí o te mato”. La PDI de La Araucanía, "deberá efectuar sus procedimientos con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente".
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió de manera parcial el recurso de protección interpuesto por la Defensoría de la Niñez a favor de una adolescente de 17 años y dos hermanas de 12 y 14 años, quienes habrían sufrido “trato cruel, inhumano y degradante” por parte de funcionarios de la Policía de Investigaciones (PDI) en enero.
El recurso fue presentado por el organismo tras conocerse un audio en el que se escucha a una menor de edad llorando, seguido de las violentas órdenes de una voz masculina: “quédate aquí o te mato”.
El audio fue viralizado en el marco de los procedimientos policiales realizados en enero por parte de la PDI en la comunidad Temucuicui.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso en cuanto a que “los procedimientos policiales en que le corresponda intervenir a Investigaciones de Chile, dicha policía deberá actuar con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente, absteniéndose de afectar los derechos fundamentales de niños, niñas y/o adolescentes, adoptando las medidas correctivas en los procesos de formación de sus funcionarios y en los protocolos que al efecto se implementen, que conlleven asumir la plena y cabal compresión de los límites legales y constitucionales que rigen su actuar”.
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El fallo también indica que “esta Corte constata que efectivamente existe un temor válido de la recurrente, en cuanto institución encargada de defender, promover y proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes, y de denunciar vulneraciones a los mismos, de que éstos puedan verse enfrentados a situaciones que configuren vulneración de sus derechos, y de la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 no1 de la Carta Magna”.
Por este motivo, la corte acogió el recurso “en un carácter preventivo, sólo en cuanto se dispondrá que la Policía de Investigaciones de Chile de la Región de La Araucanía, deberá efectuar sus procedimientos con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente, absteniéndose de afectar los derechos fundamentales de las personas, especialmente de aquellas que son niños, niñas y/o adolescentes”.