Los demandantes atribuyeron al Estado la responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones legales del Servicio Nacional de Geología y Minería, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Atacama y la Dirección del Trabajo para evitar su encierro prolongado. Los afectados ya habían ganado un recurso que presentaron por daño moral por el mismo caso.
(CNN Español) – La Corte Suprema informó este viernes que el pasado 23 de agosto falló a favor de 31 trabajadores que demandaron al Estado tras quedar atrapados en una mina hace 13 años. Argumentaban que quedaron incapacitados para laborar por haber enfermado de las vías respiratorias tras la inhalación de polvo del sílice que se desprende de rocas.
Los afectados ya habían ganado un recurso que presentaron por daño moral por el mismo caso.
Los demandantes atribuyeron al Estado la responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones legales del Servicio Nacional de Geología y Minería, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Atacama y la Dirección del Trabajo para evitar su encierro prolongado.
La Cuarta Sala del máximo tribunal ordenó a la Corporación Nacional del Cobre (Codelco) el pago de la indemnización “en concepto de lucro cesante a cinco trabajadores que se enfermaron de silicosis mientras prestaban servicios en régimen de subcontratación”.
La Justicia tomó en consideración que, de no haber enfermado, los mineros habrían seguido trabajando y cotizando para su jubilación. La sentencia establece los cálculos de sus posibles sueldos para determinar la cifra que recibirá cada uno.
Edison Peña, uno de los trabajadores que quedaron atrapados durante 68 días en una mina de cobre en Copiapó, dijo a CNN que los pagos se les harán entre dos a ocho meses, porque hay que calcular los impuestos.
“No estoy contento, esto se demoró mucho, es poco el dinero y no me pone contento”, afirmó. Agregó que la noticia del fallo de la Corte les fue comunicada por su abogado hace unas semanas.
El accidente de los mineros y su posterior rescate atrajo en 2010 la atención mundial.
Daño moral
En agosto, la Corte Suprema había fallado a favor de los mineros, luego de que en julio el Consejo de Defensa del Estado interpusiera un recurso de apelación en el caso por daño moral.
De los 33 mineros involucrados en el accidente ocurrido el 5 de agosto de 2010 en la mina de San José, 31 conformaron un fondo para presentar la demanda, que también incluía daño moral.
Omar Reygadas, otro de los mineros, explicó a CNN que demandaron por daño moral por lo que sufrieron atrapados en la mina esperando su rescate, lo que sufrieron sus familiares en ese mismo lapso y por la “negligencia del Estado para tener más seguridad” en su lugar de trabajo.
El fallo establece el pago a Jaime Machuca Sepúlveda, Franklin Saavedra Padilla, Leonardo López Cabezas y Pedro Reinoso Osorio del equivalente a unos US$ 50.000 por concepto de daño moral, y de US$ 100.000 a José Vergara Gallardo. El fallo especifica que estas sumas se reajustarán conforme a las variaciones del índice de precios al consumidor e intereses correspondientes.
Reygadas agregó que del grupo original de los 33 trabajadores que quedaron atrapados en la mina San José, dos decidieron no formar parte de la demanda.