Corte Suprema acogió recursos de protección contra isapres por alza en planes de salud
Por CNN Chile
18.08.2022 / 17:45
{"multiple":false,"video":{"key":"oWkbTQ46My","duration":"00:01:09","type":"video","download":""}}
El Máximo Tribunal acogió 12 recursos de protección presentados en contra de las alzas anuales en los planes de salud de las isapres Consalud, Colmena, Cruz Blanca, Vida Tres, Banmédica y Nueva Más Vida. Asimismo, ordenó detener el incremento de 7,6% aplicado por cada una de las prestadoras de salud.
Esta jornada, la Corte Suprema acogió 12 recursos de protección presentados en contra de las alzas anuales en los planes de salud de las isapres Consalud, Colmena, Cruz Blanca, Vida Tres, Banmédica y Nueva Más Vida.
De esta manera, el Máximo Tribunal ordenó detener el incremento de 7,6% aplicado por cada una de las prestadoras de salud.
En su fallo la Tercera Sala del Máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario de las isapres al comunicar de manera general el alza de los planes a los afiliados sin entregar mayores antecedentes que justifiquen el incremento de los estos a cada uno de los afiliados y sin fundamentar su decisión más allá de las razones que dio la Superintendencia de Salud para justificar los incrementos.
Lee también: Asociación de Isapres advirtió “inminente quiebra en las próximas semanas” por “problemas que tiene el sistema”
“Que, en consecuencia, si bien es posible afirmar que, conforme con la nueva regulación antes transcrita, la razonabilidad o justificación requerida para una propuesta de variación del precio base de los planes de salud hecha por una Isapre no exige una vinculación directa con los planes individuales, sino que es de carácter general, aplicable “a todos los planes de salud” ofrecidos por la Institución de Salud Previsional correspondiente, también lo es que tal variación debe justificarse en los precisos factores que la Ley N° 21.350 establece, reseñados en el considerando anterior”, establece el fallo.
Asimismo, se agrega que “no obstante, la carta en la que se comunica el alza porcentual del plan base de la recurrente no hace referencia a dichos factores, sino que ofrece, como fundamentación material, la circunstancia de que la variación porcentual indicada por la autoridad (7,6%), no refleja el real aumento de costos experimentado por Consalud el año 2021 y tampoco el efecto que tuvo en los ingresos, el congelamiento de los últimos dos procesos de adecuación”, destacando que “durante el último año, el costo de las atenciones de salud creció un 25,1% y el de las licencias médicas un 25,7%, al compararlas con 2020. En consecuencia, el costo total de las atenciones de salud y licencias médicas aumentó en 25,2%, razón por la cual nos vemos obligados a ejecutar este ajuste de tarifas”.