Critican a Rojo Edwards por dichos sobre propuesta constitucional y Llaitul: “La fuente de los delitos siempre es la ley”

Por CNN Chile

25.08.2022 / 08:05

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El timonel del Partido Republicano aseguró que si el líder de la CAM hubiese sido detenido con la propuesta de nueva Constitución aprobada, "hubiese sido juzgado por la justicia de Temucuicui y probablemente liberado en minutos". "Lo dicho por el senador Rojo Edwards es falso", sostuvo el ex fiscal Carlos Gajardo.


Controversia generaron los dichos del presidente del Partido Republicano, Rojo Edwards, tras la detención de Héctor Llaitul en Cañete el miércoles. Luego de conocer la noticia, el senador manifestó frente a los medios que “si el señor Llaitul hubiese sido detenido con el nuevo texto propuesto por la constituyente, hubiese sido juzgado por la justicia de Temucuicui y probablemente liberado en minutos“.

Sus dichos fueron criticados por el abogado y ex fiscal Carlos Gajardo, quien destacó que “lo dicho por el senador Rojo Edwards es falso. La fuente de los delitos siempre es la ley y, por lo tanto, la jurisdicción de ellos en la nueva Constitución o en la antigua es del Ministerio Público”.

Quien también salió a desmentir a Edwards fue la ex convencional Manuela Royo, quien calificó sus palabras como “una completa estupidez y muestra absoluta de ignorancia, maldad y engaño”. La abogada aclaró que la propuesta de nueva Constitución “no modifica el Código Procesal Penal, ni el Código Penal. En ningún caso este tipo de delito podría restarse de la justicia ordinaria”.

Por su parte, el diputado del Partido Liberal y vocero del comando Apruebo, Vlado Mirosevic, también recalcó que “los delitos penales serán sancionados por la misma justicia que cualquier chileno“.

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¿Qué dice la propuesta de nueva Constitución?

En su artículo 309, la propuesta de nueva Constitución señala:

1. El Estado reconoce los sistemas jurídicos de los pueblos y naciones indígenas, los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia. Estos deberán respetar los derechos fundamentales que establecen esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de los que Chile es parte.

2. La ley determinará los mecanismos de coordinación, de cooperación y de resolución de conflictos de competencia entre los sistemas jurídicos indígenas y las entidades estatales.