Pensión Garantizada Universal (PGU): ¿Cuál es el nuevo grupo que la recibirá en 2026?
Un nuevo grupo de personas recibirá este beneficio desde el próximo año, lo cual se enmarca en la implementación de la reforma previsional. Revisa los detalles.
El Gobierno informó que el mes debutante de la iniciativa terminó con 2.131.237 consultas y certificados emitidos, 1.789 instituciones enroladas y 4.101 inscripciones solicitadas por tribunales.
A poco más de un mes del inicio del Registro Nacional de Deudores de Alimentos, el Gobierno informó que, hasta el momento hay 2.131.237 consultas y certificados emitidos, 1.789 instituciones enroladas y 4.101 inscripciones solicitadas por tribunales.
Para ingresar al Registro debe existir una causa por pensión de alimentos ante los Tribunales de Justicia, los cuales deben evaluar los antecedentes. Los alimentarios deben solicitar al Tribunal correspondiente la liquidación de la deuda, la cual será puesta en conocimiento del alimentante.
Si la persona tiene una deuda de tres meses continuos y/o cinco discontinuos y no hace el pago una vez realizada la liquidación, el Tribunal enviará los antecedentes al Servicio del Registro Civil e Identificación para que se inscriba al alimentario deudor en el Registro de Deudores.
Este mecanismo es un sistema electrónico, remoto, gratuito e inmediato que puede ser consultado por cualquier persona o institución que tenga la obligación legal de hacerlo, tales como deudores, demandantes, representantes legales, tribunales, bancos, notarias, municipalidades, entre otras instituciones públicas y privadas.
El tribunal competente, cada mes de oficio o a petición de una de las partes del proceso, ordena al Registro Civil inscribir en el Registro al deudor moroso.
Se cancela la inscripción cuando se constate el pago completo de la pensión adeudada o se adopte un acuerdo de pago, serio y suficiente, que sea aprobado por el tribunal por resolución firme o ejecutoriada, es decir, que no pueda ser recurrida.
El tribunal deberá declarar inadmisible la demanda de rebaja o cese de pensión en el caso de que la persona se encuentre con inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, salvo que se presentara antecedentes calificados de que carece de los medios para pagar el monto mínimo. Esta norma regirá seis meses después del 19 de noviembre de 2022, cuando queda establecido el registro.
Un nuevo grupo de personas recibirá este beneficio desde el próximo año, lo cual se enmarca en la implementación de la reforma previsional. Revisa los detalles.