Convención Constitucional: Declaran admisible querella por pago retroactivo a asesores de ex convencionales
Por CNN Chile
03.09.2022 / 19:04
En la acción judicial presentada por al abogado Marcelo Brunet (RN), se establece que quince días después de que el órgano constituyente cesara sus funciones: "52 convencionales ingresaron una propuesta de modificación al Reglamento de Asignaciones a fin de generar el pago retroactivo de honorarios a 'algunos asesores' que habían prestado servicios a ciertos Convencionales durante el primer mes de funcionamiento de la Convención".
El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible una querella presentada por eventual fraude al Fisco respecto al pago retroactivo de asesores de los ex convencionales.
En la acción judicial presentada por al abogado Marcelo Brunet (RN), se establece que quince días después de que la Convención Constitucional cesara sus funciones: “52 convencionales ingresaron una propuesta de modificación al Reglamento de Asignaciones a fin de generar el pago retroactivo de honorarios a ‘algunos asesores’ que habían prestado servicios a ciertos Convencionales durante el primer mes de funcionamiento de la Convención, en el mes julio de 2021, es decir, 11 meses antes”.
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De acuerdo a lo consignado por La Tercera, en el texto se agrega que luego de ser aprobada la modificación del reglamento mencionado, el Ministerio Secretaría General de Gobierno habría generado, “la emisión de dos Resoluciones Exentas que autorizaron los pagos retroactivos de servicios por el mes de julio del 2021 a 112 asesores de 65 convencionales constituyentes por $89.222.336 de pesos”.
En ese sentido, en la querella se sostiene que, “se registra el pago de cuatro asesores de Convencionales que no prestaron servicios durante el resto del 2021; el pago de un asesor de convencional que no prestó servicio en el mes de agosto del 2021, es decir, se paga julio retroactivamente, y luego entra a regir su contratación a contar de septiembre; y el pago de dos asesores de Convencionales que no prestaron servicio durante los meses de agosto y septiembre. Es decir, se les paga julio retroactivamente, y luego se entra a regir su contratación a contar de octubre”.
En esa línea, Brunet expresó que tales pagos, “surgen como por arte de magia a los pocos días de concluir la instancia”.
“Sin perjuicio de la calificación jurídica que, en definitiva, se les otorgue a los hechos anteriormente descritos, a juicio de esta parte querellante, tienen su origen en distintas infracciones administrativas, las que terminan por generar un perjuicio al patrimonio fiscal y podrían constituir, de acreditarse los supuestos típicos, en un delito de fraude al Fisco por un monto de $89.222.336”, se añadió.