Tras denuncia de senadora Campillai por injurias: Diputada Cordero recurrió a la Corte Suprema para evitar desafuero

Por CNN Chile

01.08.2023 / 16:45

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La defensa de la diputada llevó el caso hasta la Corte Suprema, vía recurso de apelación, puesto que estiman que no hay un procedimiento penal que habilite el desafuero, no existe mérito para que se configure el delito de injurias graves y que se estaría conculcando la libertad de expresión de su representada. Cabe recordar que la senadora Campillai, la acusó de injurias graves con publicidad, ya que Cordero aseguró que ella no había perdido del todo la visión.


La diputada independiente María Luisa Cordero busca dejar sin efecto la determinación con que la Corte de Apelaciones de Santiago dio curso a una solicitud de desafuero en su contra.  Esto, luego de que el tribunal acogiera lo expuesto por la senadora Fabiola Campillai, quien la acusó de injurias graves con publicidad, ya que Cordero aseguró que ella no había perdido del todo la visión.

A pesar de que el tribunal de alzada capitalino ya emitió su pronunciamiento, la defensa de la diputada llevó el caso hasta la Corte Suprema, vía recurso de apelación, puesto que estiman que no hay un procedimiento penal que habilite el desafuero, no existe mérito para que se configure el delito de injurias graves y que se estaría conculcando la libertad de expresión de su representada.

De acuerdo a lo consignado por La Tercera, y a juicio de los abogados, no se puede encausar a la parlamentaria solo por haber replicado información que leyó en redes sociales. Asimismo, plantean que su ánimo solo era contar lo que terceros comentaban al respecto.

En esa línea, y como se lee en una resolución firmada por el presidente del máximo tribunal, Juan Eduardo Fuentes, el futuro de Cordero será resulto por el pleno de la Suprema el próximo lunes 7 de agosto.

No se cumpliría con los requisitos

Según lo expresado en el recurso de apelación, el delito por el que la senadora acusa a la diputada corresponde a un delito de acción privada, y que para desencadenar el desafuero se exigen ciertos requisitos que en este caso no se cumplirían.

En primer punto, señalan que no existía una querella ingresada por los hechos, y que el tribunal de alzada creyó falsamente que sí había sido presentada y que, por ello, visó la petición. “Los ilustrísimos ministros dieron por cierta una realidad que no tiene asidero en los hechos”, sostienen los abogados Carlos Cortés y Sergio Rodríguez.

De esta manera, los penalistas detallan que la querella se ingresó luego de que se iniciara la revisión del desafuero por parte de la Corte, lo que a su juicio sería una causal para desestimar lo resuelto.

“La interpretación contraria nos podría llevar al absurdo que se puede desaforar sin querella por acción privada. Tramitar todo un proceso de desafuero sin haber presentado una querella, dejando al desaforado a merced del querellante sobre la decisión del inicio del juicio propiamente tal. No es ese el sentido de la norma, ya que debe presentarse querella, y posteriormente, solicitarse el desafuero”, remarcaron.

“Está amparada por la libertad de expresión”

En segundo lugar, la defensa de Cordero dio cuenta de la inexistencia de las condiciones para que se configure el delito de injurias graves con publicidad. Esto, puesto que a juicio de sus abogados, la parlamentaria emitió dicho comentario en la esfera de su derecho a la libertad de expresión.

De esta manera, indican, la diputada no habría actuado con dolo, o sea, que no tenía la voluntad de generarle un daño a la senadora con sus expresiones.

“Para que se configure este ilícito no basta que las expresiones proferidas sean mortificantes u ofensivas para una persona determinada, sino que es menester que vayan directamente encaminadas a deshonrarla, menospreciarla o desacreditarla, lo que en la especie ha de descartarse, según se ha señalado, por aquello del animus narrandi que desplaza el animus injuriandi“.

En ese sentido, e insistiendo en que a la diputada solo le motivaba narrar una determinada situación, manifestaron que dicha “narración de hechos aseverados por terceros está amparada por la libertad de expresión“.