Enami presentó recurso de protección contra el Gobierno tras ser declarada como empresa estratégica
Por CNN Chile
14.03.2024 / 17:29
Bajo el Decreto Ley 3.607 se facultaba a la empresa a contar con armas de fuego y defenderse con estas mismas al interior de sus instalaciones. Con esta medida, las plantas Matta, Salado y Vallenar de Enami tendrían que contar con su propio servicio de guardias privados.
La Empresa Nacional de Minería (Enami) presentó un recurso de protección contra el Ministerio del Interior, luego de ser declarada como empresa estratégica bajo el Decreto Ley 3.607.
En específico, se trata de la Planta Matta, Planta Salado y Planta Vallenar de Enami.
Con esta medida, las mineras tendrían que contar con su propio servicio de guardias privados, lo que podría ser el inicio de un debate de la autotutela en cuanto a materia de seguridad.
Así, se establecía que -una vez notificada- la minera tendría que presentar, en un plazo de 60 días, un estudio vinculado precisamente a la seguridad “acerca de la forma en que se estructurará y funcionará su organismo de seguridad interno y su oficina de seguridad”.
Con ello, se facultaba a las empresas a contar con armas de fuego y defenderse con estas mismas al interior de sus instalaciones, algo similar a lo que sucede con otras instituciones calificadas como empresa estratégica.
El recurso de protección de Enami contra el Ministerio del Interior
Una vez notificada ante la Corte de Apelaciones de Santiago, la Enami presentó una acción judicial para dejar sin efecto el Decreto Exento N°3.310 emitido por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Esto, según argumentan, porque el documento -firmado por Carabineros- presenta “diversas vulnerabilidades que aquejan a las plantas de la entidad, producto de su ubicación geográfica“.
“Su fácil acceso, la ausencia de cierres perimetrales, medidas mínimas de seguridad, almacenamiento de material procesado y el alto flujo de personas, instalaciones y empresas contratistas”, agrega el documento al que accedió Radio Biobío.
Por ello, se pide que “el decreto reclamado debe ser dejado sin efecto por falta de cumplimiento de requisitos formales esenciales”, puesto que “en subsidio, el decreto reclamado debe ser dejado sin efecto por falta de fundamento“.