Este lunes, en medio del punto de prensa que ofreció tras reunirse con el presidente Lula Da Silva en Brasil, el mandatario se refirió a la polémica por el indulto que le otorgó Mateluna en la última semana de 2022.
“Esto es algo que reflexioné durante mucho tiempo, lo tratamos de hacer mediante el Senado en su momento, no se pudo. Es una decisión que he tomado con plena conciencia y mucha tranquilidad“, comenzó diciendo el jefe de Estado.
“Tengo la plena convicción de la inocencia de Jorge (Mateluna) y por eso hemos llevado adelante este indulto”, reiteró.
Respuesta de la Corte Suprema
Tras las declaraciones del mandatario, la Corte Suprema recordó lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 76 de la Constitución Política de la República: “La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley”.
“Ni el presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse a causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos”, añadió.
¿Qué dijo la Fiscalía?
Por medio de una declaración, la Fiscalía recordó que fue a dicha entidad que “le correspondió iniciar la investigación de un delito de robo con intimidación, homicidio frustrado contra personal de Carabineros en servicio y porte y tenencia de armamento de guerra, porte de arma de fuego prohibida, porte ilegal de arma de fuego común y receptación, hechos ocurridos con fecha 17 de junio de 2013, en una sucursal del Banco Santander ubicada en la comuna de Pudahuel”.
En ese sentido, el ente persecutor indicó que “el señor Jorge Mateluna Rojas fue detenido en flagrancia por estos hechos y en definitiva, la investigación demostró su participación en calidad de autor en los mismos”.
“Lo anterior fue refrendado en todas las instancias judiciales, esto es, ante los señores jueces de Garantía que decretaron y revisaron la medida de prisión preventiva dictada en su contra; ante los señores jueces del Primer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago que dictaron la condena en su contra; ante los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazaron el recurso de nulidad interpuesto por su defensa; y, finalmente, la Excma. Corte Suprema, que en diciembre de 2018 rechazó un recurso extraordinario de revisión interpuesto a su favor. Todos los anteriores pronunciamientos fueron de carácter unánime“, continuó.
Además, la entidad indicó que durante el juicio en contra del ex frentista “todas las irregularidades sostenidas por la defensa fueron ventiladas y rechazadas en el recurso de revisión“.