Histórico: Corte Suprema acoge primer recurso a nivel mundial para evitar que empresa pueda leer la mente por neurodatos

Por Rodrigo Miño Silva

10.08.2023 / 23:00

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El exsenador Guido Girardi presentó la acción judicial en contra de Emotiv por la venta de Insight, un dispositivo que permite monitorear la actividad cerebral del usuario y almacenar esa información en la base de datos de la compañía internacional.


La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió el primer recurso que se presenta a nivel mundial en contra de una empresa internacional de neurotecnologías.

El caso

Guido Girardi, el exsenador, vicepresidente ejecutivo de Fundación Encuentros del Futuro (FEF) y fundador de Congreso Futuro, interpuso la acción judicial contra Emotiv Inc., ante la venta y comercialización en Chile del dispositivo Insight, denunciando que este no protege adecuadamente la privacidad de la información cerebral de sus usuarios, mediante la vulneración de las garantías constitucionales en el artículo 19 de la Constitución Política del país.

El proceso comenzó en abril de 2022 ante la Corte de Apelaciones de Santiago. En la instancia, el tribunal rechazó el recurso diciendo que no se constituye una acción ilícita por parte de Emotiv ante el hecho de que supedite el acceso a la información de datos de electroencefalograma del usuario al pago adicional de una licencia y aceptación de los términos y condiciones respectivos. Pero también le ordenó a la empresa a eliminar la información cerebral del exsenador recopilada y modificar sus políticas de protección de datos personales y cerebrales en Chile.

Debido a esto, Girardi decidió recurrir al máximo tribunal, con el fin de que “cuando se desarrolle eso, se haga con el consentimiento de las personas y no violando su autonomía y libertad”.

Yo compré ese aparato, pero yo no consentí a que ellos capturaran mis datos, se apropiaran de ellos y yo no sé dónde están mis datos, no sé cuál es el uso que les están dando”, comentó a CNN Chile tras recurrir a la Corte Suprema.

“Cuando ellos conocen lo que tú estás pensando o tienen datos neuronales tuyos, en el fondo lo que tienen es tu mente. Lo que tienen son tus pensamientos y tú no le entregaste el derecho a saber lo que estás pensando, sintiendo o cuáles son tus emociones”, agregó.

En ese sentido, Girardi sostuvo “en el mundo que viene” la principal disputa va a ser por los datos, “y los datos se extraen de los cerebros. Por lo tanto, el campo de batalla del futuro son los cerebros, esos son los pozos petroleros de donde se van a extraer los datos”.

¿Qué resolvió la Corte Suprema?

El exsenador Girardi denunció ante la Corte Suprema que con el uso del dispositivo Insight se expuso a distintos riesgos, como:

  • Reidentificación.
  • Piratería o hackeo de datos cerebrales.
  • Reutilización no autorizada de los datos cerebrales.
  • Mercantilización de los datos cerebrales.
  • Vigilancia digital.
  • Captación de datos cerebrales para fines no consentidos por el individuo.

También acusó la vulneración en lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 19.628 sobre la debida diligencia en el cuidado de datos personales a la que se encuentran obligados los responsables de registros o bases de datos personales, y lo señalado en el artículo 13 de la misma ley, sobre el derecho de las personas a la cancelación o bloqueo de sus datos personales, ya que, aun cuando la cuenta de usuario de Emotiv se encuentre cerrada, la empresa recurrida retiene información cerebral para propósitos de investigación científica e histórica.

Palacio de Tribunales

Tras revisar los antecedentes presentados, el máximo tribunal concluyó que “ante el desarrollo de nuevas tecnologías que involucran cada vez más aspectos de la persona humana, aspectos que era impensable hace algunos años que pudieran conocerse, se debe otorgar una especial atención y cuidado en su revisión por parte del Estado, con el fin de prevenir y anticiparse a sus posibles efectos, además de proteger directamente la integridad humana en su totalidad, cuestión que incluye su privacidad y confidencialidad y los derechos propios de la integridad psíquica y del sujeto de experimentación científica”.

También sostuvo que “ante la llegada de una nueva tecnología como la que es objeto de autos, que trata de una dimensión que antaño era absolutamente privada y personal, tratada en entornos estrictamente médicos, como es la actividad eléctrica cerebral, se hace absolutamente menester que previo a permitirse su comercialización y uso en el país, sean esta tecnología y dispositivos analizados por la autoridad pertinente, entendiendo que plantea problemáticas no antes estudiadas por ella“.

Es así que la Corte Suprema falló que las conductas denunciadas, en las circunstancias anotadas, “vulneran las garantías constitucionales contenidas en los numerales 1 y 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que se refieren a la integridad física y psíquica y de derecho a la privacidad(…), al comercializarse el producto Insight sin contar con todas las autorizaciones pertinentes, y no habiendo sido evaluado y estudiado por la autoridad sanitaria a la luz de lo expresado“.

“Por estas consideraciones, y teniendo además presente que el dispositivo no cuenta con Certificado de Destinación Aduanera, se acogerá la presente acción según se señalará en lo resolutivo de este fallo, con el fin de que la autoridad sanitaria y aduanera estudie a cabalidad el dispositivo Insight a la luz de la normativa reseñada en este fallo“, indicó.

Es decir, se acogió el recurso de protección del exsenador Girardi para el solo efecto de que el Instituto de Salud Pública (ISP) y la autoridad aduanera evalúen los antecedentes en uso de sus facultades, disponiendo lo que en derecho corresponda, a efectos de que la comercialización y uso del dispositivo Insight y el manejo de datos que de él se obtengan, se ajuste estrictamente a la normativa aplicable en la especie y reseñada en esta sentencia.

Esto sin perjuicio de que la empresa deberá eliminar “sin más trámite toda la información que se hubiera almacenado en su nube o portales, en relación con el uso del dispositivo por parte del recurrente“, finaliza el documento.

Girardi abordará el fallo este viernes a las 11:30 horas. En la instancia también participarán el abogado Ciro Colombara y el director mundial del proyecto BRAIN y neurocientífico de la Universidad de Columbia, Rafael Yuste.